Ayudas por paralizacion temporal a armadores o propietarios de buques de palangre de superficie, afectados por el plan integral de gestion para la conservacion de los recursos pesqueros en el Mediterraneo.- Convocatoria 2011.- Corrección.
Código de ayuda:
S29128/11Norma:
Orden ARM/1258/2011, de 12 de mayo. Orden ARM/2717/2011, de 7 de octubre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 17/06/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a propietarios o armadores de buques pesqueros españoles de la modalidad de palangre de superficie, afectados por la paralización temporal obligatoria de su actividad pesquera, en el marco del Plan Integral de Gestión para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los armadores o propietarios de buques pesqueros españoles que hubieran cesado en su actividad por la veda temporal para la pesca en las fechas que se indican en el artículo 1.2, en la modalidad de palangre de superficie en el marco del Plan Integral de Gestión para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo y no perciban estas ayudas por el mismo concepto y período a través de su comunidad autónoma.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Una ayuda económica a propietarios o armadores de buques pesqueros españoles de la modalidad de palangre de superficie, afectados por la paralización temporal obligatoria de su actividad pesquera, en el marco del Plan Integral de Gestión para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo.Aquellos buques que realizaron la parada desde el 1 de octubre al 30 de noviembre de 2010 ambos inclusive, tendrán derecho a una ayuda máxima de 43 días correspondientes sólo a los días hábiles de pesca de una parada máxima de 61 días.
No obstante lo anterior, los buques autorizados a pescar en el Atlántico norte, y los buques que se autoricen a cambiar a otra modalidad mediante los correspondientes permisos emitidos por la Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura, si ejercitan esta opción de pesca durante la parada, deberán acreditar haber llevado a cabo una paralización de actividad de al menos 30 días realizados de forma continuada para tener derecho al cobro de un máximo de 22 días.
Requisitos:
Será condición necesaria que los barcos hayan sido despachados, al menos una vez para el ejercicio de la actividad pesquera, en el último año anterior a la publicación de la presente orden, en la modalidad indicada en el párrafo anterior.Para la obtención de las ayudas los armadores o propietarios de buques de pesca deberán reunir los siguientes requisitos:
a) El buque deberá pertenecer a la tercera lista del Registro de buques y empresas navieras.
b) Que el buque esté en situación de alta en el Censo de la Flota Pesquera Operativa.
c) Estar en posesión de una licencia de pesca para las modalidades y caladeros señalados en el artículo 3 y cumplir las condiciones establecidas en la Orden ARM/143/2010, de 25 de enero.
d) Durante el periodo de paralización, la inactividad pesquera debe ser total y el buque debe permanecer amarrado a puerto, sin que sea necesario que ese puerto coincida con su puerto base.
e) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
f) Justificación de que el armador o propietario del buque ha presentado el correspondiente Expediente de Regulación de Empleo por el total de los tripulantes enrolados en la embarcación en la fecha de la última arribada a puerto para comenzar la parada, ante las autoridades laborales a efectos de que los tripulantes de dicho buque puedan acogerse a las ayudas correspondientes.
g) No haber sido sancionado con la inhabilitación temporal o definitiva para recibir ayudas o subvenciones públicas por infracciones administrativas en materia de pesca marítima.
Documentos asociados
Boletín:
17/05/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 117
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 117
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
30/05/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 128
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 128
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín:
11/10/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 245
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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