Ayudas por la realización del módulo de formación en centro de trabajo (FCT) en los ciclos formativos de la Formación Profesional.

Código de ayuda:

S60728/08

Norma:

ORDEN de 29 de julio de 2008. DECRETO 156/2003, de 8 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar a los centros educativos radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en calidad de entidades colaboradoras en la gestión del programa de ayudas contemplado en el Decreto 156/2003, de 8 de julio de 2003, por el que se regula la realización del Módulo de Formación en Centro de Trabajo en los
Ciclos Formativos de Formación Profesional (BOPV n.º 145, de 24 de julio de 2003), para que remitan las
solicitudes de ayudas formalizadas por alumnos/as y empresas.

A la financiación de la convocatoria contemplada en la presente Orden se destina la cantidad de dos millones cuatrocientos ochenta mil (2.480.000,00) euros.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

- Alumnos y empresas.

Las solicitudes de ayudas formalizadas por alumnos/as y empresas deberán ir acompañadas de una
declaración jurada de no hallarse incurso en alguna de las causas establecidas en el apartado 5 del artículo 50 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, modificado por la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de igualdad de Mujeres y Hombres.

Los centros educativos, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco, habrán de remitir a la Dirección de Formación
Profesional, debidamente cumplimentado, un escrito, cuyo modelo se recoge en el anexo I.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Es objeto de ayuda, para alumnos/as y empresas, la Formación en Centro de Trabajo realizada desde el 1 de julio de 2007 hasta el 30 de junio de 2008, ambos inclusive, así como, exclusivamente para los/as alumnos/as, la desarrollada durante los dos períodos precedentes (de 1 de julio de 2005 a 30 de junio de 2006 y de 1 de julio de 2006 hasta el 30 de junio de 2007) y que no fue subvencionada en las convocatorias anteriores (Orden de 12 de septiembre de 2006, BOPV n.º 197, de 16 de octubre de 2006 y Orden de 11 de septiembre de 2007, BOPV n.º 195, de 9 de octubre de 2007) por no cumplir el requisito establecido en el artículo 19.3 del Decreto 156/2003, de 8 de julio, al no haber realizado o superado la evaluación correspondiente que permite la realización del módulo de FCT.

A los efectos previstos en el artículo 16.5 del Decreto 156/2003, de 8 de julio de 2003, no se consideran ciclos formativos relacionados con sectores en que las mujeres se encuentran subrepresentadas los indicados en la relación recogida en el anexo III.

Documentos asociados

Boletín: 24/07/2003
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 145
Documento: Decreto 156/2003 - Bases Descargar Documento
Boletín: 07/08/2003
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 153
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 15/09/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 175
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento