Ayudas por la realizacion de la fase de formacion practica (FFP) en los ciclos formativos de artes plasticas y diseño, durante el periodo 2010-2011.
Código de ayuda:
S38991/10Norma:
ORDEN de 26 de mayo de 2010. DECRETO 46/2007, de 20 de marzo. ORDEN de 18 de mayo de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 14/07/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar ayudas económicas por la realización de la fase de formación práctica (FFP) de los ciclos formativos de artes plásticas y diseño según queda establecido en el artículo 20 del Decreto 46/2007, de 20 de marzo, por el que se regula la realización de la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres (FFP).Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Educación (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) Alumnos o alumnas: Se establecen ayudas en función del número de días en que se haya desplazado el alumno o alumna al centro de trabajo. Sólo seabonará en el caso de que la distancia del domicilio al centro de trabajo sea mayor que la distancia del domicilio al centro educativo según el siguiente baremo:
– Exceso de 2 a 10 km: 2 euros/día.
– Exceso mayor de 10 km: 4 euros/día.
Los alumnos o alumnas con discapacidades físicas o síquicas y que requieran especiales condiciones para su traslado percibirán una ayuda equivalente a 2,5 veces al baremo expresado anteriormente, siendo en este caso necesario la presentación del correspondiente certificado de minusvalía reconocida y cuyo porcentaje no podrá ser inferior al 33%.
b) Empresas: se calculará en función del número total de horas y del número de instructores o instructoras, considerando siempre como máximo un instructor o instructora por cada tres alumnos o alumnas o fracción, con arreglo a la siguiente fórmula:
c) Subvención: 0,42 euros x n.º total de horas + 90 euros x n.º de instructores o instructoras.
En ningún caso se subvencionarán horas que excedan de las establecidas como duración fija de cada ciclo formativo.
d) Tutores o tutoras: Se subvencionarán los gastos de desplazamiento realizados en labores de tutoría a razón de 0,29 euros/km Serán asimismo subvencionables los gastos de viaje (autopista, estacionamiento, etc.) y, hasta un máximo de 42 euros, los originados en concepto de comida o cena, siendo necesario en todos estos casos la presentación de los correspondientes
justificantes.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Alumno o alumnas.b) Empresas.
c) Tutores o tutoras.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las solicitudes relativas a las prácticas realizadas en el período comprendido entre los días 1 de septiembre de 2010 al 31 de julio de 2011, ambos inclusive.Documentos asociados
Boletín:
23/04/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 77
Documento: DECRETO 46/2007, de 20 de marzo. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 77
Documento: DECRETO 46/2007, de 20 de marzo. Descargar Documento
Boletín:
14/06/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 111
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 111
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
14/06/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 112
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 112
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento