Ayudas por la realización de la Fase de Formación Práctica (FFP) en los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño, durante el período 2005-2006.

Código de ayuda:

S46846/06

Norma:

ORDEN de 22 de noviembre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/12/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar ayudas económicas por la realización de la Fase de Formación
Práctica (FFP) de los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño.

Dichas ayudas tendrán la consideración jurídica de subvenciones a fondo perdido y son incompatibles con las establecidas para el mismo fin por cualquier otra Administración Pública, así como con las indemnizaciones por razón de servicio, en el caso de profesorado de la red pública.

Serán objeto de ayuda las solicitudes relativas a las prácticas realizadas en el período comprendido entre
los días 1 de septiembre de 2005 al 31 de julio de 2006, ambos inclusive.

Quedan incluidos dentro del ámbito de aplicación de la presente Orden los centros educativos, públicos y
privados, radicados en la CAPV y autorizados oficialmente para impartir ciclos formativos de Artes Plásticas
y Diseño.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las cuantías a apercibir se calcularán de la siguiente forma:

a) Alumnos/as:
Se establecen ayudas en función del número de días en que se haya desplazado el alumno o alumna al centro de trabajo.
Sólo se abonará en el caso de que la distancia del domicilio al centro de trabajo sea mayor que la distancia del domicilio al centro educativo según el siguiente baremo:
– Exceso de 2 a 10 km: 2,00 euros/día.
– Exceso mayor de 10 km: 4,00 euros/día.
Los/las alumno/as con discapacidades físicas o síquicas y que requieran especiales condiciones para su traslado percibirán una ayuda equivalente a 2,5 veces al baremo expresado anteriormente, siendo en este caso necesario la presentación del correspondiente certificado de minusvalía reconocida y cuyo porcentaje no podrá ser inferior al 33%.

b) Empresas:
Se calculará en función de la duración fija de la Fase de Formación Práctica de los diferentes Ciclos Formativos y del número de instructores, considerando siempre como máximo un/a instructor/a por cada tres alumnos o fracción, con arreglo a la siguiente fórmula:
Subvención: 0,42 euros x n.º total de horas + 90,00 euros x n.º de instructores/as.
Las Administraciones Públicas, así como las Instituciones y Organismos Públicos u Oficiales y las empresas
participadas por capital público en un 50% o superior, están excluidas de este tipo de ayuda.
Las ayudas que se concedan a empresas que acojan en prácticas a alumnado con discapacidades físicas o síquicas reconocidas de al menos un 33%, se incrementarán, en lo correspondiente a este alumnado un 25%.

c) Tutores/as:
Se subvencionarán los gastos de desplazamiento realizados en labores de tutoría a razón de 0,24 euros/km.
Serán asimismo subvencionables los gastos de viaje (autopista, estacionamiento, etc.) y, hasta un máximo
de 18,03 euros, los originados en concepto de comida o cena, siendo necesario en todos estos casos la presentación de los correspondientes justificantes.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los alumnos o alumnas, empresas y tutores o tutoras que participen en la realización de la Fase de Formación Práctica de los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño.

Documentos asociados

Boletín: 24/11/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 225 ZK
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento