Ayudas por la Fundación Séneca-Agencia de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia, en régimen de concurrencia competitiva, para la incorporación de doctores a universidades y centros de investigación Subprograma “Saavedra Fajardo” dentro del “Programa Regional de Talento Investigador y su Empleabilidad”.

Código de ayuda:

S18455/19

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El Subprograma “Saavedra Fajardo” está dirigido a facilitar, mediante ayudas concedidas en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, la atracción e incorporación a grupos de investigación pertenecientes a Universidades y Centros Públicos de Investigación de la Región de Murcia, por un periodo máximo de tres años, de jóvenes doctores con trayectoria y potencial investigador acreditados que hayan completado un periodo de perfeccionamiento posdoctoral en el extranjero.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Empleo, Universidades y Empresa (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán concurrir a esta convocatoria los jóvenes doctores con experiencia investigadora acreditada que hayan obtenido el título de doctor entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de diciembre de 2016. Los solicitantes deberán haber permanecido desarrollando su actividad investigadora posdoctoral en una universidad u organismo de investigación en el extranjero durante al menos veinticuatro meses, ininterrumpidos a la fecha de cierre de la convocatoria, de los que al menos seis se hayan desarrollado en el año 2018, en las condiciones establecidas en la base novena. Si para el cómputo de los veinticuatro meses de estancia mínima se sumaran dos o más estancias en el mismo o diferentes organismos, no podrá existir entre ellos un periodo de interrupción superior a dos meses.

Requisitos:

1. Estar en posesión del grado de doctor, obtenido entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de diciembre de 2016, entendiendo a estos efectos, como fecha de obtención del grado la de lectura y defensa de la tesis doctoral. En el caso de hallarse en posesión de más de un título de doctor, la fecha se referirá al más
antiguo de los obtenidos.

En los casos en que se acrediten fehacientemente en la solicitud periodos de descanso por maternidad o paternidad disfrutados conforme a las situaciones protegidas del régimen General de la Seguridad Social, se aplicará una ampliación de la fecha de obtención del grado de doctor de un año por cada hijo.

En los supuestos debidamente acreditados de enfermedad grave o accidente con baja médica igual o superior a tres meses, se aplicará una ampliación igual al periodo de baja justificado, redondeando al alza a meses completos.

En los supuestos debidamente acreditados de atención a personas en situación de dependencia con arreglo a lo dispuesto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, por un periodo mínimo de 3 meses, se aplicará una ampliación igual al periodo justificado, redondeando al alza a meses completos.

2. Haber desarrollado un periodo investigador posdoctoral durante al menos veinticuatro meses ininterrumpidos al tiempo del cierre de la convocatoria, de los que al menos seis se hayan desarrollado en el año 2018. El periodo investigador posdoctoral deberá haberse desarrollado o estarse desarrollando al amparo de programas competitivos de ayudas públicas dirigidos específicamente a la formación y perfeccionamiento de doctores o bajo contrato investigador con una universidad u organismo de investigación. Si para el cómputo de los veinticuatro meses de estancia mínima se sumaran dos o más estancias se estará a lo dispuesto en la Base Quinta.

3. Acreditar una trayectoria de investigación relevante e independiente, con aportaciones científico-técnicas originales de alta calidad a la línea o líneas de investigación del candidato y dimensión internacional.

4. Contar con la aceptación previa de la Universidad u organismo de investigación de acogida en la Región de Murcia, que asumirá el compromiso de la incorporación temporal del investigador a un grupo de investigación adscrito al mismo. Con este fin el grupo de investigación receptor deberá formular su
propuesta al organismo al que pertenece por el procedimiento interno por éste establecido. Dicho grupo deberá contar con un proyecto de investigación en vigor financiado con cargo a programas financiadores competitivos convocados por organismos o entidades distintos de aquél al que se encuentre adscrito.

5. Ser susceptibles de contratación con arreglo a lo establecido en la normativa laboral de aplicación.

Documentos asociados

Boletín: 28/03/2019
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 72
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento