Ayudas por itinerarios de inserción laboral, con cargo al Eje 2, Tema 66, al amparo del Programa Operativo del FSE 2007- 2013.

Código de ayuda:

S09728/10

Plazo de Solicitud:

1º del 15/02 al 31/03. 2º del 01/04 al 31/05. 3º del 01/06 al 31/07. 4º del 1/08 al 30/09. 5º del 1/10 al 30/11.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las condiciones que han de regir el fomento de la ayudas y subvenciones públicas relativas a potenciar la inserción laboral de personas desempleadas mediante la realización de un itinerario de inserción en empresas de la ciudad en el marco del Programa Operativo Fondo social europeo para Ceuta 2007-2013, Eje 2, medidas 2.1 y 2.2, tema prioritario 66.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Ceuta

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Ceuta)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas que hayan de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentren en la situación que legitime su concesión.
En virtud de lo establecido en el artículo 1 del Reglamento (CE) 1998/2006, de la Comisión, de 15 de
diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de mínimis, se excluyen de la presente convocatoria de ayudas los siguientes sectores:

Producción primaria de productos agrícolas, pesca y acuicultura.
A la exportación
A las ayudas a determinados productos nacionales en detrimento de los importados.
A la creación de ayudas destinadas a financiar la creación y funcionamiento de una red de distribución en otros países.
A empresas en crisis, que ya disponen de ayudas estatales concretas.
Al sector del carbón.
A la adquisición de vehículos de transportes de mercancías por carreteras.
En orden a la comprobación de la subvencionabilidad o no de la actividad, el órgano instructor podrá requerir al interesado la aportación del código arancelario de los productos fabricados o comercializados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran proyectos y actuaciones subvencionables, la contratación, con carácter temporal por
un período no inferior a 6 meses, a jornada completa -o, a media jornada-, siempre que suponga un incremento de la plantilla neta estable de la entidad contratante de una persona procedente de los itinerarios de inserción, que haya finalizado el proceso de motivación, orientación, asesoramiento y capacitación y en su caso formación en la estructura creada a tal fin, en la Sociedad de Fomento –PROCESA- a fin de obtener y evaluar su senda de inserción socio-laboral. Las actuaciones de la medida 2.1. están orientadas al colectivo de jóvenes, con prioridad hacia aquellos que no han tenido empleo anterior. Las actuaciones de la medida 2.2.- están orientadas al resto de desempleados/as no incluidos en el colectivo de jóvenes.

Documentos asociados

Boletín: 19/02/2010
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 4923
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento