Ayudas por el Ayuntamiento de Alcorcon para la realizacion de proyectos de cooperacion en paises en vias de desarrollo correspondiente al año 2007.
Código de ayuda:
S72791/07Norma:
Ayuntamiento de Alcorcon.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/12/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las presentes normas tienen por objeto regular el régimen de ayudas del Ayuntamiento de Alcorcón para la realización de proyectos de cooperación en países en vías de desarrollo, programas de cooperación al desarrollo en las zonas y municipios o comunidades en las que el Ayuntamiento intervenga o haya intervenido mediante actuaciones directas, hermanamientos, así como proyectos de acogida adesarrollar en el término municipal de Alcorcón, a ejecutar por organizaciones e instituciones, fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro.
Las ayudas se concederán a proyectos anuales que referidos a los anteriores ámbitos territoriales, contribuyan al desarrollo social y económico de los mismos, mejorando las condiciones de vida de sus
habitantes y satisfaciendo sus necesidades básicas.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Alcorcón (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La concesión de ayudas podrá cubrir hasta el 80 por 100 del coste total del proyecto finalmente aprobado, incluidos los costes indirectos.En la justificación de las ayudas concedidas no podrán presentarse como gastos justificables en concepto de costes indirectos más del 7 por 100 de la parte del proyecto subvencionada y justificada.
Una vez aprobadas las ayudas, serán abonadas mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente que las entidades beneficiarias designen al efecto como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención concedida, en virtud de lo dispuesto en el artículo 34, apartado 4, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los fondos concedidos no podrán ser transferidos a organizaciones intermediarias distintas de las contrapartes.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las organizaciones y las instituciones relacionadas en el artículo 1 de las presentes normas que deseen acogerse al régimen de ayudas previsto en las mismas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Preferentemente se financiarán proyectos relativos a las siguientes áreas geográficas:a) Proyectos de desarrollo a realizar preferentemente en Marruecos, Ecuador, Colombia.
b) Programas de cooperación al desarrollo en las zonas y municipios o comunidades en las que el Ayuntamiento intervenga o haya intervenido mediante actuaciones directas, hermanamientos.
A la fecha de aprobación de las presentes bases, las comunidades, municipios o zonas de actuación municipal son:
— Región de Holguín, municipio de Mayarí (Cuba).
— Municipio de Nejapa (El Salvador).
— Municipalidad de Ancón (Perú).
— Daría Bu Craa (Tindouf-Argelia).
Requisitos:
a) Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y estar debidamente inscritas en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo adscrito a la AECI o en otro Registro público con idéntica finalidad.b) No perseguir fines lucrativos.
c) Disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales, según la memoria de la entidad.
d) Hallarse al corriente en las cotizaciones a la Seguridad Social y en las obligaciones tributarias, según lo dispuesto en la legislación vigente.
e) Gestionar y realizar de forma directa aquellas actividades que constituyan el contenido principal de los programas para los que solicitan subvención, a excepción de aquellas actividades que, por su propia naturaleza, deban ser subcontratadas.
f) Las organizaciones deberán especificar si las acciones y/o programas que presentan a la convocatoria han sido objeto de solicitud o concesión de ayudas por parte de otras entidades públicas o privadas, en cuyo caso deberán presentar relación de las mismas detallando su cuantía y finalidad.
g) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
h) No haber sido sancionadas con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
10/12/2007
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 294
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 294
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento