Ayudas por costes laborales mediante prejubilaciones, destinadas a cubrir cargas excepcionales vinculadas a planes de racionalización y reestructuración de la actividad de las empresas mineras del carbón.

Código de ayuda:

S20573/06

Norma:

REAL DECRETO 808/2006, de 30 de junio.

Plazo de Solicitud:

Antes del 10 de septiembre del año anterior al que se soliciten las ayudas de prejubilación.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión directa de las ayudas por costes laborales mediante prejubilaciones, destinadas a cubrir cargas
excepcionales vinculadas a planes de la racionalización y reestructuración de la actividad de las empresas mineras del carbón, en el marco de lo previsto en el «Plan Nacional de Reserva Estratégica de Carbón 2006-2012 y Nuevo Modelo de Desarrollo Integral y Sostenible de las Comarcas Mineras».

Categorías Subvención

  • Arqueología y Minería

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas por costes laborales mediante prejubilaciones:

a) Las empresas que tengan o hayan tenido ayudas destinadas a cubrir pérdidas de la producción corriente en los términos señalados en los artículos 3 y 4 de la Decisión n.º 3632/93/CECA de la Comisión, de 28 de diciembre de 1993, relativa al régimen comunitario de la intervención de los Estados miembros a favor de la industria del carbón, o en los artículos 4 y 5 del Reglamento (CE) n.º 1407/2002 del Consejo, de 23 de julio de 2002. Estas ayudas no serán aplicables a las empresas públicas mineras del carbón.

b) Las empresas mineras de lignito pardo ubicadas en los municipios de As Pontes y Cerceda. Para poder
tener acceso a estas ayudas, los trabajadores deberán estar incluidos en el campo de aplicación del Régimen
Especial de la Minería del Carbón o haber sido adjudicado coeficiente reductor por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, a las categorías que pueden tener acceso a las prejubilaciones.

Documentos asociados

Boletín: 01/07/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 156
Documento: Convocatoria Descargar Documento