Ayudas por costes laborales mediante bajas incentivadas y de ayudas destinadas a compensar los costes derivados del cierre de unidades de produccion de las empresas mineras de carbon, en el ejercicio de 2010.

Código de ayuda:

S60719/10

Norma:

Resolución de 11 de noviembre de 2010. ORDEN ITC/2002/2006, de 15 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/12/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio de 2010, las ayudas cuyas bases reguladoras son las establecidas en la Orden ITC/2002/2006, de 15 de junio, por la que se regulan las ayudas por costes laborales mediante bajas ncentivadas y las ayudas destinadas a compensar los costes derivados del cierre de unidades de
producción de empresas mineras de carbón, para los ejercicios 2006-2012.

Categorías Subvención

  • Arqueología y Minería
  • Empleo

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas por costes laborales mediante bajas incentivadas correrán a cargo del concepto 20.101.423N.484 por un importe máximo estimado de 300.000,00 €, correspondiendo 200.000,00 € al ejercicio presupuestario del año 2011 y 100.000,00 € al crédito presupuestario aplicable en el ejercicio de 2012.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas que tengan o hayan tenido ayudas destinadas a cubrir pérdidas de la producción corriente en los términos señalados en los artículos 3 y 4 de la Decisión n.º 3632/93/CECA de la Comisión, de 28 de diciembre de 1993, relativa al régimen comunitario de la intervención de los Estados miembros a favor de la industria del carbón, o en los artículos 4 y 5 del Reglamento (CE) n.º 1407/2002 del Consejo, de 23 de julio de 2002. Estas ayudas no se aplicarán a las empresas públicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los costes derivados del cierre de unidades de producción de las empresas mineras de carbón, así como los costes laborales mediante bajas incentivadas que se encuentran asociadas a dichos cierres.

Requisitos:

1. Las empresas mineras que soliciten las ayudas por costes laborales mediante bajas incentivadas, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Contar con ayudas destinadas a compensar los costes que se deriven del cierre de unidades de producción, en los términos previstos en el Capítulo III de esta orden, en el mismo ejercicio anual.

b) Presentar un plan de reestructuración y racionalización, acordado con la representación de los trabajadores, que incluya una relación nominal de los trabajadores a los que se vincule la mencionada ayuda.

2. Los trabajadores para los que se soliciten las ayudas por bajas incentivadas deberán reunir y acreditar los siguientes requisitos:

a) Haber cotizado en el Régimen Especial de la Minería del Carbón de la Seguridad Social un mínimo de tres años.

b) Poseer una antigüedad en la empresa en la que causen baja de, al menos, un año previo a la extinción del contrato de trabajo.

Documentos asociados

Boletín: 23/06/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 149
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 12/11/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 274
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento