Ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Visita Profesional a la Feria Empack (España), Misión Comercial Directa Bovino, Ovino, Caprino (Jordania), Misión Comercial Directa Fruta II (Arabia Saudita y Jordania), Misión Comercial Directa Sector Industrial India, para el ejercicio 2018.

Código de ayuda:

S51819/18

Norma:

DECRETO 210/2017, de 28 de noviembre. ACUERDO de 1 de octubre de 2018. ACUERDO de 23 de noviembre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de octubre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El Acuerdo tiene por objeto realizar la convocatoria de las ayudas en especie para la realización de las siguientes acciones de promoción de carácter internacional.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

EXTREMADURA AVANTE SERVICOS AVANZADOS A PYMES, SLU (AVANTE) (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas, las personas jurídicas, y los consorcios de exportación que tengan la consideración de PYME que ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, incluyendo las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la ayuda y que ejerzan una actividad económica propia, y que cumplan con los requisitos exigidos en el artículo 2 del Acuerdo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La ayuda en especie objeto de la presente convocatoria consistirá en la adquisición por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, de los bienes, derechos o servicios, con la finalidad de entregarlos a los beneficiarios cumpliendo los requisitos previstos, que podrán consistir en cualquier gasto relacionado con la correcta realización de misiones comerciales directas y visitas profesionales.

En cuanto a los gastos de viajes, sólo se subvencionarán los gastos correspondientes a una persona por cada beneficiario y con los límites establecidos en el Decreto 287/2007, de 3 agosto, de Indemnizaciones por razón del servicio, modificado por el Decreto 339/2007, de 28 de diciembre, por el que se modifica la Relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Presidencia de la Junta de Extremadura, se modifica el Decreto 50/1992, de 10 de marzo, por el que se aprueba la Relación de puestos de trabajo de personal eventual y se modifica el Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

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