Ayudas plurianuales para el fomento de la modernizacion, la intercooperacion y la concentracion de las cooperativas y otras entidades asociativas agrarias, y se convocan los correspondientes al año 2007.

Código de ayuda:

S62473/07

Norma:

ORDEN AAR/320/2007, de 3 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/09/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Constituye el objeto de las ayudas que establece esta Orden el fomento de la intercooperación y la concentración de las cooperativas agrarias y las entidades asociativas agrarias, que contribuya a incrementar la dimensión económica y social de las cooperativas, restablecer y potenciar la competitividad de las cooperativas y de las zonas rurales y facilitar el desarrollo de actividades económicas y sociales
con la adopción de medidas de modernización de gestión empresarial y de comercialización.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Cooperativas agrarias constituidas legalmente y las entidades asociativas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Procesos de integración cooperativa:
Se establece una línea de ayudas para fomentar la concentración y la modernización de la oferta cooperativa dirigida a consolidar procesos de integración de cooperativas agrarias por fusión por constitución, fusión por absorción o creación de nuevos grupos cooperativos.
Estas ayudas están destinadas a sufragar los costes iniciales que resulten de la creación de la nueva entidad, y son subvencionables las actuaciones siguientes:

a) Gastos relativos a los trabajos preparatorios para la constitución de la entidad, así como los gastos relativos a la elaboración de su escritura de constitución y de sus estatutos.
b) Gastos de personal administrativo, honorarios por servicios y asesoramiento técnico.
c) Gastos correspondientes al material de oficina, incluidos ordenadores, programas informáticos y recursos telemáticos.
d) Costes generales y gastos legales y administrativos.
e) Gastos de alquiler.


2. Mejora de la calidad de la producción y de los servicios agroalimentarios:
Se establece una línea de ayudas para fomentar las actuaciones que permitan la mejora y la adecuación de la calidad de los productos, de los servicios agroalimentarios y de sus procesos de adaptación a las necesidades de los consumidores y que posibiliten el aumento del valor de la producción agraria.

3. Mejora y adecuación de la estructura, los procesos y los circuitos comerciales y de distribución agroalimentarios:
Se establece una línea de ayuda para fomentar la modernización, la innovación, la mejora y la adecuación de la estructura, los procesos y los circuitos comerciales y de distribución agroalimentarios.

4. Adecuación de los recursos humanos:
Se establece una línea de ayudas para la adecuación de los recursos humanos para la mejora de la gestión técnico económica y para la creación de nuevos puestos de trabajo o la promoción profesional del personal.

5. Ayudas en la Federación de Cooperativas Agrarias de Cataluña:
Se establece una línea de ayuda para el fomento de las actuaciones que desarrolle directamente la Federación de Cooperativas Agrarias de Cataluña en concepto de prestación de asistencia técnica y servicios para la gestión económica, el asesoramiento y el apoyo técnico, la organización y la gestión empresarial de las entidades asociativas agrarias o de sus socios, en el marco del convenio de colaboración firmado con el Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural.

Requisitos:

Pueden ser entidades beneficiarías de las ayudas que se establecen en los apartados 1, 2, 3, y 4 anteriores, las cooperativas agrarias constituidas legalmente y las entidades asociativas agrarias que bajo cualquier fórmula jurídica, reconocida en derecho, estén formadas o participadas mayoritariamente por cooperativas agrarias, así como los nuevos grupos cooperativos que resulten de acuerdos o conciertos de colaboración, y que cumplan los requisitos siguientes:

- Tener su sede social en Cataluña.
- Disponer de un plan de formación de socios, órganos rectores y directivos y comprometerse a desarrollarlo.
- Disponer de un proyecto de desarrollo o un plan de empresa que demuestre la viabilidad económica de las actuaciones propuestas, de acuerdo con la evaluación de las perspectivas y la salida normal al mercado de los productos, así como el cumplimiento de las mínimas en materia de medio ambiente, higiene, sanidad y bienestar animal.
-Que la asamblea de la cooperativa o de la entidad decida colectivamente emprender las actuaciones previstas y mantenerlas un periodo no inferior a cinco años, contado desde el ejercicio presupuestario siguiente en el de la fecha de concesión de la ayuda.
- Disponer de un informe sobre el análisis económico y financiero de la cooperativa.

Para las ayudas establecidas en el apartado 1 los beneficiarios también tendrán que incluir en sus estatutos las obligaciones de los socios que se especifican a continuación:

- Comercializar la totalidad de la producción a través de la entidad.
- Permanecer y participar en la entidad un periodo mínimo de cinco años, así como notificar por escrito la intención de causar baja con nueve meses de antelación como mínimo Cumplir con las reglas comunes de producción y comercialización determinadas por la entidad, en particular en materia de calidad de los productos y de cumplimiento de las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y sanidad animal.

La Federación de Cooperativas Agrarias de Cataluña, beneficiaria de las ayudas que establece el apartado 5, tendrá que cumplir los requisitos siguientes:

- Colaborar con el Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural en la prestación de asesoramiento en la gestión técnico económica de las entidades asociativas agrarias de Cataluña y en la elaboración de análisis y estudios de consultoría y asistencia técnica en el marco del fomento de la mejora de la competitividad de las entidades agrarias.
- Presentar anualmente, con la aprobación previa del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción rural, un programa de formación para órganos rectores y directivos de las cooperativas adecuadas a las características empresariales y las necesidades sectoriales de las entidades asociativas catalanas y ponerlo al alcance de las cooperativas y las entidades asociativas agrarias.
- El cumplimiento de estos requisitos y las condiciones que se determinan a la concesión de la subvención quedarán reflejados en el convenio de colaboración firmado entre la Federación de Cooperativas Agrarias de Cataluña y el Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural.

Documentos asociados

Boletín: 17/09/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4969
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento