Ayudas personalizadas al alojamiento - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S14282/06

Norma:

Orden BEF/214/2006, de 24 de abril. RESOLUCION MAH/253/2008, de 29 de enero. RESOLUCION MAH/441/2009, de 20 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Plazo de presentación finalizará a la entrada en vigor de la Orden que desarrolla las prestaciones económicas.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Hacer pública la convocatoria de las ayudas personalizadas al alojamiento para el año 2009, que se rigen por las bases reguladoras establecidas en la Orden BEF/214/2006, de 24 de abril (DOGC núm. 4628, de 8.5.2006).

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Bienestar Social y Familia (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la ayuda a otorgar en esta convocatoria es de 2.800,00 euros, y la cuantía de la renta del alquiler o cuota de amortización mensual a pagar por parte del solicitante de la ayuda no debe superar los 900,00 euros, en el primer caso, y los 1.000,00 euros, en el segundo caso.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las ayudas que regula esta Orden son personalizadas y asistenciales, y las personas destinatarias tendrán que cumplir los requisitos siguientes:

a) Residir en Cataluña.
b) Ser titulares contractuales de la vivienda promovida por un promotor/a privado/a, ser titulares del préstamo hipotecario formalizado para la adquisición de la vivienda objeto de la ayuda, o bien ser cesionario/a del contrato de arrendamiento con el consentimiento por escrito del arrendador/a, o encontrarse incluidas en los supuestos que regulan los artículos 15 o 16 de la Ley de arrendamientos urbanos (LAU) de 24 de noviembre de 1994.
c) Los ingresos mensuales provenientes de remuneraciones salariales o de otras fuentes, referidos al año 2006, ponderados según el número de miembros de la unidad de convivencia y la zona en que esté situada la vivienda (anexo 3) no pueden ser superiores a los límites señalados en el anexo 2.
d) Estar al corriente del pago de las rentas de alquiler de los últimos doce meses anteriores al período para el que se solicita la ayuda.
e) Destinar la vivienda para la que se pide la ayuda a domicilio habitual y permanente del titular del contrato, cesionario/a o titular del derecho de uso en virtud de los artículos 15 o 16 de la LAU.
f) No ser propietario/a de ninguna otra vivienda ni otro derecho de uso.
g) Que el otorgamiento de la ayuda suponga que quede sin efecto la acción de desahucio judicial, cuando proceda.
h) Las cuotas de amortización pendientes han de ser para la adquisición de la vivienda objeto de la ayuda y deben tenerse pagadas las correspondientes a un año, como mínimo.
El préstamo hipotecario no amortizado tiene que haberse constituido para la adquisición de la vivienda objeto de la ayuda.
i) Deber a un acreedor/a privado/a las rentas del alquiler o las cuotas de amortización por circunstancias sobrevenidas y no previsibles debidamente justificadas, según el criterio de los servicios sociales de atención primaria o especializados.
j) Pagar una renta de alquiler o cuota de amortización mensual que no supere la cuantía de 700 euros mensuales.
k) No existir relación de parentesco por vínculo de matrimonio u otra relación estable análoga, por consanguinidad o adopción hasta el segundo grado, y por afinidad hasta el primer grado, entre el propietario/a y el arrendatario/a.
l) Que en el momento de presentar la solicitud falte un tiempo de vigencia del contrato superior a ocho meses o, en caso contrario, que el propietario/a garantice la renovación contractual.
m) Que con el otorgamiento de la ayuda se liquide la deuda existente.

Documentos asociados

Boletín: 08/05/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4628
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 08/02/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5066
Documento: Convocatoria 2008. Descargar Documento
Boletín: 27/02/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5328
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento