Ayudas periodicas de apoyo a mujeres que sufren violencia de genero.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S03346/11

Norma:

Resolución de 14 de enero de 2011. RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2011. RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/10/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2012 la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas económicas individuales de carácter periódico de apoyo a mujeres que sufren violencia de género.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Si los ingresos de la solicitante son iguales o inferiores al IPREM vigente, y hasta un máximo de doce mensualidades:

a) Con carácter general: 600 euros/mes.

b) Con una/un hija/o menor a cargo o cuando la víctima tenga una discapacidad : 33%: 650 euros/mes.

c) Con una/un hija/o menor a cargo y ésta/e o la solicitante tengan una discapacidad : 33%: 700 euros/mes.

d) Con dos o más hijas/os menores a cargo: 700 euros/mes.

e) Con dos o más hijas/os menores a cargo y alguna o alguno de ellos o la solicitante tengan una discapacidad : 33%: 800 euros/mes.

f) Con una/un hija/o menor a cargo y ésta/e o la solicitante tengan una discapacidad : 65% o tengan reconocido grado de dependencia de acuerdo con la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia: 800 euros/mes.

Si los ingresos de la solicitante son superiores al IPREM vigente e iguales o inferiores a 1,5 veces el IPREM vigente, y hasta un máximo de doce mensualidades:

a) Con carácter general: 300 euros/mes.

b) Con una/un hija/o menor a cargo o cuando la víctima tenga una discapacidad : 33%: 350 euros/mes.

c) Con una/un hija/o menor a cargo y ésta/e o la solicitante tengan una discapacidad : 33%: 400 euros/mes.

d) Con dos o más hijas/os menores a cargo: 400 euros/mes.

e) Con dos o más hijas/os menores a cargo y alguna o alguno de ellos o la solicitante tengan una discapacidad : 33%: 500 euros/mes.

f) Con una/un hija/o menor a cargo y ésta/e o la solicitante tengan una discapacidad : 65% o tengan reconocido grado de dependencia de acuerdo con la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia: 500 euros/mes.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las mujeres que sufran violencia de genero y que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El apoyo económico a las mujeres que sufren violencia de género para intentar garantizarles unas condiciones suficientes de independencia econ¨®mica respecto del agresor que les posibilite dar el primer paso o consolidar la ruptura de una situaci¨®n en la que corren peligro.

Requisitos:

a) Ser mujer, mayor de edad o emancipada, víctima de violencia de género en una relación de convivencia.
Esta condición se acreditará con alguno de los documentos establecidos en el artículo 3º.2 a) emitido
dentro de los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

b) Haber finalizado la convivencia con el agresor dentro de los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

c) Estar empadronada y residir en la Comunidad Autónoma de Galicia y, en el caso de las mujeres
extranjeras, tener permiso de residencia.

c) Percibir unos ingresos mensuales iguales o inferiores a 1,5 veces el IPREM vigente.

Documentos asociados

Boletín: 19/01/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 12
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 05/01/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 4
Documento: Agotamiento crédito. Descargar Documento
Boletín: 02/03/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 44
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento