Ayudas para titulares de explotaciones porcinas.
Código de ayuda:
S19837/04Norma:
DECRETO 118/2004, de 13 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/08/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ayudas a titulares de explotaciones porcinas.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la ayuda no superará 300 € por explotación.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes que y, que tengan concedido, en el plazo de un mes desde la publicación de este Decreto con convocatoria, el Cuaderno de Explotaciones Porcinas acogidas a la Norma de Calidad, siempre que cumplan las siguientes condiciones:a) Ser titular, propietario, arrendatario o aparcero de una explotación ubicada en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Estar inscrita y actualizada la explotación en el correspondiente Registro de Explotaciones de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente o, en su defecto tener solicitada dicha inscripción o actualización con antelación a la solicitud de la ayuda.
c) Estar en posesión de la cartilla ganadera actualizada a fecha de solicitud de la ayuda.
d) Poseer en cualquiera de las formas jurídicas que contempla la legislación vigente un número de Registro de Explotaciones porcinas.
Asimismo, podrán solicitar las ayudas contempladas las entidades que se citan a continuación, cuyos ganaderos (beneficiarios finales de las ayudas) cumplan los requisitos detallados en el punto anterior:
a) Cooperativas Agrarias y Sociedades Agrarias de Transformación (S.A.T.) cuyo objeto social sea al menos, la comercialización de productos del cerdo ibérico siempre que estén inscritas en el Registro correspondiente de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Agrupaciones de Defensa Sanitaria.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Calificación de reproductoras.- Controles de los lotes de explotación y/o alimentación.
- Gastos del personal derivados de la actuación anteriormente descrita.
Requisitos:
Sin determinar.Documentos asociados
Boletín:
20/07/2004
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 83
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 83
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