Ayudas para sistemas de nuevas tecnologias y de seguridad en el sector del transporte publico de mercancias y viajeros por carretera de la Comunidad Autonoma del Pais Vasco.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S34246/13

Norma:

ORDEN de 30 de julio de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/10/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de ayudas a las acciones siguientes, que deberán ser realizadas en el año 2013:

a) La implantación de sistemas de gestión, localización y control de flotas basados en SaaS
(Software as a Service) o similar para transporte público pesado de mercancías y de viajeros en
vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor.

b) Implantación de elementos de seguridad en los vehículos de transporte público pesado de
mercancías y de viajeros en vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, consistentes en sistemas antitijera, registrador de accidentes o similares.

c) La adquisición e instalación de cinturones de seguridad y de dispositivos de retención homologados en los vehículos destinados a la prestación de servicios de transporte público regular de uso especial escolar y de menores de viajeros por carretera.

Categorías Subvención

  • Transporte

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) En el supuesto a) del artículo 1, el 25% del costo global, que se incrementará al 30% en el
supuesto que la persona solicitante disponga de una certificación de gestión de la flota de vehículos eficiente y sostenible económica y medioambientalmente. En todo caso la subvención tendrá un límite máximo de 2.000 euros por beneficiario.

b) En el supuesto b) del artículo 1, el 25% del costo global, que se incrementará al 30% en el
supuesto que la persona solicitante disponga de una certificación de gestión de la flota de vehículos eficiente y sostenible económica y medioambientalmente. En todo caso la subvención tendrá un límite máximo de 4.000 euros por beneficiario.

c) En el supuesto c) del artículo 1, quince (15) euros por asiento equipado, que se incrementará
a veinte (20) en el supuesto que la persona solicitante disponga de una certificación de gestión de la flota de vehículos eficiente y sostenible económica y medioambientalmente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas, físicas o jurídicas, que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La implantación de sistemas de gestión, localización y control de flotas basados en SaaS
(Software as a Service) o similar para transporte público pesado de mercancías y de viajeros en
vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor.

b) Implantación de elementos de seguridad en los vehículos de transporte público pesado de
mercancías y de viajeros en vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, consistentes en sistemas antitijera, registrador de accidentes o similares.

c) La adquisición e instalación de cinturones de seguridad y de dispositivos de retención homologados en los vehículos destinados a la prestación de servicios de transporte público regular de uso especial escolar y de menores de viajeros por carretera.

Requisitos:

a) Que estén domiciliadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

b) Que operen en el sector del transporte, tráfico y movimiento de mercancías y viajeros por
carretera.

c) En el supuesto de la letra a) del apartado 1 del artículo 1, para las personas físicas, sociedades o cooperativas de trabajo asociado, ser titulares en nombre propio de al menos, una autorización, con un mínimo de tres copias, para el transporte público de mercancías para vehículos pesados o de viajeros en vehículos para más de 9 plazas, incluido el conductor. Para las sociedades de comercialización o cooperativas de transportistas, sus socios o cooperativistas habrán de ser titulares de un mínimo de tres autorizaciones del tipo señalado.

d) En el supuesto de la letra b) del apartado 1 del artículo 1, ser titulares de al menos una autorización de transporte público de mercancías para vehículos pesados o de una autorización de
transporte público de viajeros en vehículos para más de 9 plazas, incluido el conductor.

e) En el supuesto de la letra c) del apartado 1 del artículo 1, ser titulares de al menos una autorización de transporte público regular de viajeros de uso especial, para la realización de servicios de transporte escolar o de menores, conforme dispone el artículo 2 del RD. 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores.

f) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

g) No hallarse sancionada penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de
obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incursa en prohibición legal alguna que
la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Documentos asociados

Boletín: 09/09/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 171
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento