Ayudas para resarcir los daños ocasionados a los particulares en situaciones derivadas de la pérdida sobrevenida de la vivienda habitual por causas extraordinarias, situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica en 2026.
Código de ayuda:
S21200/26Norma:
Orden FOM/1879/2025, de 23 de diciembre. Orden VFL/1122/2026, de 28 de julio.Plazo de Solicitud:
Desde el 3 de agosto a las 9:00h hasta el 2 de septiembre de 2026 a las 23:59h.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la convocatoria es conceder ayudas que contribuyan a resarcir a los particulares por los daños sufridos en sus viviendas habituales, incluida su pérdida, como consecuencia de causas extraordinarias, situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica en 2026, y en particular, los causados en ellas por los incendios acecidos durante los meses de junio y julio en Aragón.Categorías Subvención
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
AragónConvoca:
Departamento de Vivienda, Fomento, Logística y Cohesión Territorial (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) Por destrucción total sobrevenida de la vivienda habitual, o declaración de ruina inminente que obligue a su demolición inmediata, hasta una cuantía máxima de 70.000 € por vivienda, siempre que sea inferior al valor de la vivienda siniestrada.b) Por daños estructurales y constructivos de gravedad en el edificio que pongan en riesgo la seguridad de los residentes en las viviendas y obliguen a su desalojo hasta que se hayan reparado y se garanticen la seguridad y la habitabilidad, no pudiendo superar el coste de la reparación ni la cantidad de 50.000 € por vivienda.
c) Por necesidad de realojo de las personas afectadas por las situaciones anteriores hasta que las viviendas, en su caso, vuelvan a ser habitables y, como máximo, durante un año, hasta 5.000 € por vivienda, tanto si son propietarios de la misma como usufructuarios o inquilinos.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas que sean propietarias, inquilinas o usufructuarias de viviendas familiares situadas en territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, que tengan en ella su residencia habitual, y sufran la pérdida sobrevenida de la misma, por algunas de las causas previstas en esta convocatoria.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Destrucción total sobrevenida de la vivienda habitual, o declaración de ruina inminente que obligue a su demolición inmediata.b) Daños estructurales y constructivos de gravedad en el edificio que pongan en riesgo la seguridad de los residentes en las viviendas y obliguen a su desalojo hasta que se hayan reparado y se garantice la seguridad y la habitabilidad.
c) Necesidad de realojo de las personas afectadas por las situaciones anteriores hasta que las viviendas, en su caso, vuelvan a ser habitables y, como máximo, durante un año.
En este caso, los beneficiarios podrán ser las personas que tengan su residencia habitual en la vivienda, tanto si son propietarios de la misma como usufructuarios o inquilinos.
Requisitos:
Ser propietaria, inquilina o usufructuaria de una vivienda situada en Aragón.Que dicha vivienda constituya su residencia habitual.
Haber sufrido la pérdida sobrevenida de la vivienda habitual por alguna de las causas previstas en la convocatoria.
En caso de solicitar ayuda por realojo como arrendatario, aportar el contrato de arrendamiento de vivienda habitual.
La suma de los ingresos de las personas que residen habitualmente en la vivienda no puede superar 5,5 veces el IPREM (aplicando los coeficientes correctores previstos).
No pueden concederse ayudas a viviendas vacías, segundas residencias, viviendas turísticas o viviendas ilegales en los términos establecidos en la convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
08/01/2026
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 4
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
31/07/2026
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 147
Documento: CONVOCATORIA EXTRACTO Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 147
Documento: CONVOCATORIA EXTRACTO Descargar Documento
Boletín:
31/07/2026
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 147
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 147
Documento: Convocatoria Descargar Documento
