Ayudas para reparar los perjuicios causados en los sectores pesquero y de la acuicultura por el temporal de diciembre de 2008 en el litoral de Cataluña, y se convocan las correspondientes ayudas.
Código de ayuda:
S26846/09Norma:
ORDEN AAR/153/2009, de 26 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 29/04/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es la reparación de los perjuicios causados en el sector pesquero, en las embarcaciones de pesca y las instalaciones de acuicultura por el temporal de diciembre de 2008 en el litoral de Cataluña.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La ayuda tiene carácter de subvención directa aplicable a los gastos ocasionados por la reposición de los barcos o las instalaciones de acuicultura dañadas o perdidas por causa del desastre natural.La cuantía máxima destinada a esta ayuda y la aplicación presupuestaria a la cual se tiene que imputar es la que se determina en el artículo 2.3 de la Orden.
De acuerdo con lo que dispone el párrafo 3 del apartado 4.4 de las directrices para el examen de las ayudas estatales en los sectores de la pesca y de la acuicultura, el importe de la ayuda no puede ser superior al 100% de los daños sufridos, y la compensación será calculada por cada persona beneficiaria afectada.
Se deducirán los importes abonados por los seguros o los gastos normales que la persona beneficiaria no haya realizado. No se podrán acoger a este tipo de ayuda los daños que puedan quedar cubiertos mediante un seguro comercial ordinario o que representen los riesgos normales de una empresa.
La determinación de la cuantía de las ayudas se realizará en función del número de solicitudes y de la disponibilidad presupuestaria, y de acuerdo con los criterios de atribución establecidos en el apartado 4 de estas bases reguladoras.
Estas ayudas se someten a la aplicación de las normas relativas a las ayudas estatales, establecidas en los artículos 87 a 89 del Tratado CE, de acuerdo con lo que establece el apartado 4.4 de las directrices para el examen de las ayudas estatales en los sectores de la pesca y de la acuicultura (2008/C 84/06).
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas:Las personas físicas o jurídicas armadoras de barcos de pesca que pertenecen a las listas 3as o 4as del Registro de matrícula de barcos.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Es la reparación de los perjuicios causados en el sector pesquero, en las embarcaciones de pesca y las instalaciones de acuicultura por el temporal de diciembre de 2008 en el litoral de Cataluña.Requisitos:
a) Se encuentren en situación de alta en el Censo de flota pesquera operativa.b) Tengan establecida su base en un puerto pesquero de Cataluña.
c) Hayan sufrido daños en la estructura de la embarcación por un valor superior al 30% del volumen de negocios de la empresa afectada, durante los tres años anteriores.
Documentos asociados
Boletín:
03/04/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5353
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2009 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5353
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2009 Descargar Documento