Ayudas para reparar los daños causados por enfermedades de animales en el ganado vacuno, en el marco de campañas de saneamiento ganadero, para el año 2025.

Código de ayuda:

S25046/25

Norma:

RESOLUCIÓN 511/2025, de 27 de junio. RESOLUCIÓN 28/2023, de 15 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de noviembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer un régimen de ayudas destinadas a compensar económicamente los daños causados por enfermedades de animales en el ganado vacuno, en el periodo 2023-2029, cuando se establezcan medidas sanitarias obligatorias de erradicación de enfermedades incluidas en los planes establecidos por el Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Agricultura y Ganadería (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas y cualesquiera otros pagos recibidos por el beneficiario, incluidos los pagos en virtud de otras medidas nacionales o de la Unión o pólizas de seguros o fondos mutuales para los mismos costes subvencionables contemplados en el apartado 10, del Reglamento (UE) número 2022/2472 de la Comisión de 14 de diciembre de 2022, se limitarán al 100 % de los costes subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Titulares de explotaciones ganaderas inscritas en Registro general de explotaciones ganaderas (REGA) que hayan realizado el sacrificio obligatorio de animales en el año inmediatamente anterior al año de la convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La ayuda se concederá en relación con las enfermedades animales que figuran en la lista de enfermedades animales que se contienen en el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo de 9 de marzo de 2016 relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal»).

Requisitos:

a) Que la explotación se encuentre inscrita en Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra, regulado por el Decreto Foral Legislativo 150/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra.

b) No estar sujetas las explotaciones a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

c) Que no se trate de una empresa en crisis tal y como se define en el artículo 2, apartado 18, del Reglamento (UE) número 651/2014, con la excepción prevista en el Artículo 1, punto 5, Apartado h) subapartado i.i) del Reglamento (UE) número 2022/2472, de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022.

d) Realizar las campañas de saneamiento en el plazo establecido por el Servicio de Ganadería.

e) En el caso de las ayudas a la reconstitución del rebaño, haber sacrificado obligatoriamente vacunos con más de 18 meses de edad.

f) Finalizar el sacrificio obligatorio de los animales en el año inmediatamente anterior al año de publicación de la convocatoria anual de la presente ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 29/09/2023
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 204
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 05/08/2025
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 155
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento