Ayudas para realizar proyectos dirigidos a personas mayores dependientes.
Código de ayuda:
S10955/06Norma:
Resolución de 31 de marzo de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 08/05/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las ayudas se conceden para realizar proyectos de construcción, adaptación, reconversión, equipamiento y mantenimiento de plazas residenciales; para alojamiento permanente o temporal; para estancias diurnas y alojamientos alternativos para personas mayores de 65 años con problemas de autonomía personal o con problemas graves de aislamiento; y también para llevar a cabo proyectos de atención socioasistencial para personas dependientes afectadas por la enfermedad de Alzheimer o por demencias de características similares.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Presidencia y Deportes (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las corporaciones locales y sus empresas públicas y otros entes públicos, y las entidades privadas sin ánimo de lucro de las Illes Balears inscritas en el Registro Central de Servicios Sociales de la comunidad autónoma de las Illes Balears, de acuerdo con lo que establece el artículo 25 del Decreto 66/1999, de 4 de junio, por el cual se aprueba el Reglamento regulador del sistema balear de servicios sociales.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas se destinan a la financiación de los proyectos siguientes:a) Adaptación, reconversión o equipamiento de plazas residenciales para alojar permanente o temporalmente a personas mayores afectadas por problemas graves de autonomía personal.
b) Construcción, adaptación o equipamiento de plazas en centros de día (estancias diurnas), destinadas a personas mayores con problemas graves de autonomía personal.
c) Construcción, adaptación o equipamiento de unidades pequeñas de convivencia, accesibles y practicables, destinadas a personas mayores con limitaciones en su autonomía personal y/o con problemas graves de aislamiento familiar.
d) Mantenimiento de plazas asistidas en residencias de carácter permanente o temporal, y también en centros de día (estancias diurnas) y en alojamientos alternativos (pequeñas unidades de convivencia).
e) Mantenimiento de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias, prioritariamente en centros de día (estancias diurnas).
Documentos asociados
Boletín:
08/04/2006
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 52
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2006 Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 52
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2006 Descargar Documento