Ayudas para realizar intercambios de alumnado entre centros educativos de las Islas Baleares y Centros Educativos europeos.
Código de ayuda:
S04619/05Norma:
Resolución del 4 de febrero de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/03/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Formalizar la convocatoria de ayudas de la Consejería de Educación y Cultura, correspondiente al ejercicio de 2005, para centros educativos de las Islas Baleares que realicen proyectos de intercambio de alumnado durante el curso 2004-2005.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación y Cultura (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. El importe del viaje por profesor/a acompañante tiene una dotación máxima de 300 euros.2. El importe por alumno/a participante, donde se incluirán los gastos de viaje, preparación y desarrollo del intercambio, así como la prima del seguro sanitario y de accidentes, tiene una dotación de hasta un máximo de 200 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los Centros Educativos de las Islas Baleares.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Proyectos educativos emprendidos conjuntamente por alumnado matriculado en instituciones asociadas de dos países, que favorezcan su motivación y su capacidad de comunicarse en una lengua extranjera.Requisitos:
1. Podrán solicitar estas ayudas los centros que impartan enseñanzas de régimen general y de régimen especial establecidas en la Ley Orgánica de Calidad de la Educación 10/2002, de 23 de diciembre, excepto los centros de infantil y de enseñanza para las personas adultas:- De régimen general: educación primaria, educación secundaria (educación obligatoria secundaria y bachillerato) y formación profesional de grado medio.
- De régimen especial: enseñanzas artísticas, enseñanza de idiomas y enseñanza deportiva.
- De atención al alumnado con necesidades específicas.
2. Condiciones que deben reunir los intercambios:
a) El intercambio se debe basar en un proyecto educativo desarrollado conjuntamente con un centro europeo del mismo nivel educativo.
b) El alumnado participante residirá en el domicilio del alumnado receptor.
c) El profesorado residirá en casa de un profesor del centro de intercambio durante la estancia.
d) El proyecto se desarrollará durante el curso 2004-2005.
La visita al centro extranjero debe tener lugar entre el 15 de setiembre de 2004 y el 31 de julio de 2005.
e) La duración de la actividad para el grupo de las Illes Balears será de un mínimo de 7 días y de un máximo de 15, incluyendo el viaje.
f) El número de alumnado participante oscilará entre un mínimo de 10 y un máximo de 30.
g)El alumnado irá acompañado por dos profesores/as del centro de procedencia, según la siguiente distribución:
- Entre 10 y 25 alumnos: 2 profesores/as.
- Entre 25 y 30 alumnos: 3 profesores/as.
Documentos asociados
Boletín:
15/02/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 25
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 25
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento