Ayudas para proyectos y actuaciones dentro del programa Emprendetur I+D+i en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo.

Código de ayuda:

S42237/12

Norma:

Orden IET/2481/2012, de 15 de noviembre. Orden IET/475/2013, de 14 de marzo. Resolución de 26 de junio de 2013. Resolución de 20 de marzo de 2014. Resolución de 24 de noviembre de 2014. Resolución de 17 de junio de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/07/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos y actuaciones dentro del programa Emprendetur I+D+ i compuesto por las líneas Emprendetur I+D y Emprendetur Desarrollo de productos innovadores en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, Energía y Turismo ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas tendrán la forma de préstamos reembolsables. El importe de los préstamos a conceder será de hasta un máximo del 75 por ciento del presupuesto financiable de la actuación, sin que la cantidad financiada pueda superar la cifra de 1.000.000 de euros o la cifra del neto patrimonial acreditado de la empresa en el momento de la solicitud. El límite máximo de financiación será el menor de estos importes.

Los préstamos tendrán un tipo de interés del 0,54 % y un plazo de amortización de cinco años, incluyendo un período de carencia máximo de dos años. Para la concesión de estas ayudas se exigirán las garantías previstas en el apartado undécimo de la presente resolución.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas residentes en España y las empresas legalmente constituidas en España.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones relacionadas en esta orden tienen como finalidad contribuir a la consecución de los objetivos del Plan Nacional e Integral de Turismo 2012-2015. En este sentido, constituyen objetivos prioritarios:

a) Apoyar la investigación y desarrollo aplicado a productos del sector turístico.

b) Fortalecer los procesos de I+D+i en el sector turístico.

c) Impulsar el desarrollo de productos turísticos innovadores que mejoren la
competitividad y rentabilidad del sector turístico español.

d) Facilitar a las empresas el acceso a desarrollos innovadores para la mejora de sus productos turísticos con el fin de la internacionalización de los mismos.

Las ayudas se destinarán a cubrir los gastos que estén directamente relacionados con el desarrollo del proyecto o actuación para el que se hayan concedido. Serán subvencionables las siguientes categorías de gastos:

a) Gastos de personal.

b) Costes de instrumental y material inventariable en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto.

c) Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado.

d) Se establece la compensación de los gastos generales y su imputación al proyecto en un tanto alzado máximo del 20 % de los costes totales de personal del proyecto, sin necesidad de justificación.

e) Otros gastos de funcionamiento, incluidos costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.

Requisitos:

Los solicitantes de estas ayudas deberán acreditar, como condición de solvencia económica en el momento de presentación de su solicitud que la suma de sus bienes y derechos, incluyendo créditos frente a terceros, es superior a la suma de sus deudas incrementada en un 50 por ciento. El cálculo de dicha condición de solvencia se realizará a partir de los datos consignados en las solicitudes.

Documentos asociados

Boletín: 20/11/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 279
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 26/03/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 73
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 09/07/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 163
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 29/03/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 77
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Boletín: 01/12/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 290
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Boletín: 03/07/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 158
Documento: 2ª Convocatoria 2015 Descargar Documento