Ayudas para proyectos de salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial correspondientes a 2020.

Código de ayuda:

S48664/18

Norma:

Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre. Orden de 17 de septiembre de 2018. Resolución de 26 de julio de 2019. Resolución de 30 de agosto de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de noviembre de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas convocadas tienen por objeto la realización de proyectos de documentación, investigación, transmisión, perpetuación, difusión y promoción del Patrimonio Cultural Inmaterial. Serán objeto de atención prioritaria aquellos proyectos que afecten a bienes culturales inmateriales que hayan sido
expresamente protegidos por la normativa de Patrimonio Cultural (declarados con la categoría de Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, Bien de Interés Cultural o asimilables) o que estén incluidos en los sistemas de inventarios, catálogos o atlas de Patrimonio Inmaterial gestionados por las administraciones competentes.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo imputable a la totalidad de las ayudas será de 234.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán concurrir a esta convocatoria de ayudas las personas jurídicas sin ánimo de lucro del sector público o privado, que deberán estar legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: ayuntamientos, diputaciones, mancomunidades y otros entes locales, asociaciones e instituciones sin fines de lucro, universidades y entidades dependientes de comunidades autónomas.

Los solicitantes deberán acreditar su capacidad y adecuación para la realización de la actividad para la que se solicita la ayuda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a. Favorecer la salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial en España, especialmente aquel que se encuentre en situación de peligro o vulnerabilidad.

b. Contribuir a la protección y salvaguarda de los bienes culturales inmateriales declarados por la normativa de Patrimonio Cultural de España.

c. Impulsar la transmisión, difusión y conocimiento del Patrimonio Cultural Inmaterial.

d. Apoyar proyectos que sirvan de marco de actuación a un conjunto de bienes, o que planteen soluciones que contribuyan a mejorar la sostenibilidad y las capacidades de gestión del Patrimonio Cultural Inmaterial a nivel general.

e. Apoyar aquellos proyectos que ayuden a fomentar la función social del Patrimonio Cultural Inmaterial.

Documentos asociados

Boletín: 13/11/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 275
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 24/09/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 231
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 24/09/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 231
Documento: Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 02/08/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 184
Documento: Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 02/08/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 184
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 03/09/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 211
Documento: Modificación plazo solicitud Descargar Documento
Boletín: 07/10/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 265
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 07/10/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 265
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento