Ayudas para proyectos de prevención de residuos municipales.
Código de ayuda:
S20400/04Norma:
Resolución MAH/2160/2004, de 27 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/10/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomentar la prevención de residuos municipales y, por lo tanto, contribuir a alcanzar una gestión más sostenible y un ahorro de recursos naturales, y al mismo tiempo dar cumplimiento a los objetivos establecidos en la normativa vigente y en el Programa de gestión de residuos municipales de Cataluña 2001-2006 (PROGREMIC).Categorías Subvención
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Medio Ambiente (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Será de un máximo del 75% (IVA incluido) del total del presupuesto del proyecto presentado para la obtención de la subvención, y tendrá carácter dinerario.Estas ayudas se someterán al Reglamento 69/2001, de 12 de enero, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis (DOCE L 10 de 13.01.2001).
El total de ayudas de minimis otorgadas a una universidad o entidad sin ánimo de lucro no podrá exceder de 100.000 euros en un periodo de 3 años, con independencia de la forma de la ayuda o de su objetivo.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los entes locales, las universidades y las entidades sin ánimo de lucro de Cataluña que quieran llevar a cabo un proyecto de prevención de residuos municipales en el ámbito de sus competencias.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La implantación de proyectos de prevención de residuos municipales que incluyan actuaciones en los ámbitos siguientes:a) Dependencias propias.
b) Comercios.
c) Ciudadanía.
d) Ambientalización de compras (compra para la prevención de residuos y compra de productos reciclados).
e) Centros educativos.
f) Fiestas.
g) Publicidad gratuita.
h) Autocompostaje.
i) Promoción de la reutilización de equipos y productos.
j) Otros.
Requisitos:
Las entidades sin ánimo de lucro tendrán que estar, si procede, debidamente inscritas en el registro competente.Un ente local, una universidad o una entidad sin ánimo de lucro no pueden concurrir a la convocatoria de forma simultánea y por el mismo concepto individualmente y a la vez a través de un ente supramunicipal u otro tipo de agrupación.
Documentos asociados
Boletín:
03/08/2004
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4188
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4188
Documento: Convocatoria Descargar Documento