Ayudas para proyectos de investigacion desarrollados por investigadores emergentes del Sistema universitario de Galicia.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S26255/13

Norma:

ORDEN de 2 de julio de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/08/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establece las condiciones, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, para el acceso en el año 2013 las ayudas para la realización de proyectos de investigación por parte de investigadores emergentes del Sistema universitario de Galicia.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda concedida por proyecto será de 100.000 euros. El proyecto tendrá una duración máxima de tres años (cuatro anualidades), a contar desde el momento de la solicitud.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las universidades del Sistema universitario de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Personal contratado específicamente para colaborar con dedicación total o parcial en las actividades de investigación del proyecto. El personal que se contrate no podrá tener otro contrato vigente con la universidad que exija dedicación a tiempo completo.

b) Equipamiento científico-técnico y material bibliográfico indispensable para la realización del proyecto. El equipamiento científico-técnico y bibliográfico adquirido con cargo a estas ayudas será propiedad del organismo al que pertenece el/la investigador/a principal del proyecto. Al material inventariable le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 9/2007, fijándose para estos efectos el período de afección de los bienes, respectivamente, en cinco años para los bienes inscritos en un registro público, y dos años para los restantes bienes.

c) Material fungible. El material de oficina o informático no podrá exceder el 5 % de la cantidad solicitada.

d) Dietas por desplazamiento para actividades que se precisen en el desarrollo del proyecto, siempre que la cuantía no exceda del 25 % de la cantidad solicitada.

e) Ayudas para la realización de estancias de investigación necesarias para lograr los objetivos del proyecto, siempre que la cuantía no exceda del 25 % de la cantidad solicitada.

f) Otros gastos (se especificarán en la memoria descriptiva).

g) Costes indirectos o gastos generales que reglamentariamente exige la universidad al grupo destinatario, que no superarán el 20% de la ayuda concedida. De este porcentaje, 5 puntos se destinarán a financiar las suscripciones de cada universidad a las publicaciones electrónicas.

Requisitos:

– Tener actualmente vinculación con una universidad del SUG mediante las modalidades de profesor contratado doctor, profesor ayudante doctor, contratado Parga Pondal, contratado Ramón y Cajal o contratado Marie Curie (en este último caso siempre que tenga adscripción a una universidad del SUG durante toda la vigencia del proyecto).

– Que non tenga cumplidos los 41 años a 31 de diciembre de 2013.

– Acreditar experiencia investigadora posdoctoral superior a 24 meses en centros de fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Cuando el investigador tenga vinculación temporal con el SUG, sólo podrá solicitar proyectos con duración igual o inferior al tempo que le reste de contrato. No se admitirán proyectos con una duración inferior a 12 meses. El investigador destinatario de la ayuda, que será el responsable del proyecto, contará para su desarrollo con un equipo de investigación formado por un mínimo de dos personas (sin contar al investigador destinatario). Este equipo deberá cumplir las siguientes condiciones:

– Las tres personas que forman el equipo mínimo deben prestar servicios en el Sistema universitario de Galicia durante la vigencia del proyecto. No se exige este requisito para los demás miembros del equipo.

– Sólo uno de todos los miembros del equipo podrá tener categoría de profesor titular de universidad o de escuela universitaria. Ningún miembro del equipo podrá tener categoría de catedrático.

Documentos asociados

Boletín: 08/07/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 128
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento