Ayudas para proyectos de conservación, protección y difusión de bienes declarados Patrimonio Mundial, correspondientes al año 2021.

Código de ayuda:

S38764/19

Norma:

Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre. Resolución de 6 de junio de 2019. Resolución de 14 de julio de 2020. Resolución de 13 de agosto de 2020. Orden de 5 de abril de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de mayo de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas dirigidas a la realización de proyectos de conservación, protección y difusión de bienes declarados Patrimonio Mundial.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Corporaciones Locales
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura y Deporte ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía del crédito destinado a esta convocatoria es de un máximo total de 470.000,00 €.

La cuantía máxima individual de las ayudas será la necesidad de financiación declarada por el solicitante, que no podrá superar el 75% del coste total estimado del proyecto. El 25% restante del coste estimado del proyecto se podrá financiar tanto con fondos propios y ayudas privadas o públicas compatibles, como a través de la participación de terceros, debiendo quedar debidamente acreditada su cuantía.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Entidades locales en cuyo ámbito territorial se ubiquen bienes declarados Patrimonio Mundial por la UNESCO en cualquiera de sus categorías y que así figuren recogidas expresamente en el expediente de declaración de la UNESCO o en su correspondiente cartografía aprobada por el Comité de Patrimonio Mundial.

Se entenderá por entidades locales, a los efectos de esta convocatoria, todas las entidades mencionadas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como las asociaciones de entidades locales a las que se refiere la Disposición adicional quinta de la citada Ley.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a. Actividades de restauración y conservación preventiva que sirvan al mantenimiento de elementos patrimoniales que hayan sido declarados Patrimonio Mundial.

b. Elaboración de planes de gestión sostenible de los bienes declarados Patrimonio Mundial en España.

c. Redacción de proyectos de ejecución para actividades que impliquen intervención directa en bienes declarados Patrimonio Mundial en España.

d. Realización de estudios sobre materias relacionadas con la Convención de Patrimonio Mundial y los bienes declarados Patrimonio Mundial en España.

e. Organización de encuentros, seminarios y congresos en materia de Patrimonio Mundial.

f. Preparación de publicaciones cuyo objeto sea facilitar información sobre la Convención de Patrimonio Mundial y los bienes incluidos en la Lista del Patrimonio Mundial.

g. Organización de exposiciones y otras acciones de difusión dirigidas a favorecer el conocimiento del Patrimonio Mundial.

h. Cualquier otra actividad que contribuya a reforzar pautas y modelos de conservación, protección, señalización, difusión y accesibilidad del Patrimonio Mundial en España.

Documentos asociados

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