Ayudas para promover la afiliacion a la Seguridad Social de conyuges y descendientes de los titulares de explotaciones agrarias, especialmente de mujeres.

Código de ayuda:

S37873/09

Norma:

DECRETO 105/2009, de 8 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Podrán presentarse durante todo el ejercicio presupuestario.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de un programa de subvenciones destinadas a promover la afiliación a la Seguridad Social de los cónyuges y descendientes de las personas titulares de explotaciones agrarias de Extremadura, especialmente de mujeres, con la finalidad de promover la creación de empleo, mediante la incentivación de su alta en la Seguridad Social.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los cónyuges y descendientes de titulares de explotaciones agrarias, incorporados al Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos a través del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios de la Seguridad Social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. La subvención para las personas beneficiarias incluidas en el supuesto del artículo 4.1 de este Decreto consistirá en el abono del 20% de la cuota por contingencias comunes de cobertura obligatoria que corresponda ingresar, calculada en función de la base de cotización que corresponda y el tipo de cotización del 18,75%.

2. La subvención para las mujeres incluidas en el supuesto del artículo 4.2 consistirá en el abono del 50% de la cuota por contingencias comunes de cobertura obligatoria que corresponda ingresar, calculada en función de la base de cotización que corresponda y el tipo de cotización del 18,75%.

Requisitos:

a) Que su incorporación se haya producido a partir del 1 de enero de 2008.

b) Que la persona titular de la explotación agraria esté dada de alta en el mismo Régimen y Sistema especiales.

c) Tener cuarenta o menos años de edad.

d) Haberse acogido a la reducción del 30% de las cuotas a la Seguridad Social establecida en la disposición adicional primera de la Ley 18/2007, de 4 de julio, por la que se procede a la integración de los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

e) Tener el domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

f) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Documentos asociados

Boletín: 14/05/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 91
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento