Ayudas para programas agrarios de mejora técnica y desarrollo sostenible de los procesos productivos agrícolas.

Código de ayuda:

S29091/04

Norma:

Orden de 23 de diciembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/02/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas a programas agrarios para la mejora técnica y desarrollo sostenible de los sistemas productivos agrícolas, así como su convocatoria para el año 2005.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Empleo
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural. (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrá acogerse a estas ayudas, con carácter general, cualquier entidad agraria, persona física o jurídica, vinculada al sector agrario gallego, que así se prevea particularmente para cada tipo de programa agrario especificado en los capítulos II y III de esta orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los siguientes programas de incentivos:
1. Programas agrarios para la mejora de los procesos productivos agrícolas (capítulo II).
2. Programas agrarios especiales (capítulo III) que comprenden:
2.1. Promoción de iniciativas de desarrollo con la creación de actividades alternativas o complementarias de las explotaciones (sección 1ª).
2.2. Creación y mejora de empresas de servicios agrarios (sección 2ª).
2.3. Fomento de la producción integrada, de la agricultura ecológica y de otros programas sanitarios e técnicas de respeto ambiental (sección 3ª).
Dentro de esta sección tercera del capítulo III, se prevén las siguientes líneas de ayuda:
2.3.I. Programas de defensa sanitaria de los cultivos.
2.3.II. Programas de control integrado de los patógenos de los cultivos a través de agrupaciones para tratamientos integrados en agricultura (ATRIA).
2.3.III. Fomento de la producción integrada.
2.3.IV. Fomento de la agricultura ecológica.

Las actividades subvencionables deberán formar parte de un programa de mejora entendido como un conjunto de acciones coordinadas y coherente que pretendan la consecución de alguno de los siguientes objetivos:
a) La reconversión y reorientación de la capacidad de producción agraria e introducción de nuevas tecnologías y la mejora de la calidad de los productos.
b) La implantación de sistemas de trazabilidad.
c) La diversificación de las actividades con la creación de otras complementarias o alternativas.
d) El desarrollo de actividades económicas y creación y mantenimiento de puestos de trabajo.
e) El fomento de sistemas agrícolas de bajos imputs.
f) La conservación y promoción de una agricultura sostenible.

Documentos asociados

Boletín: 31/12/2004
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 254
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 31/12/2004
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 254
Documento: Anexos Descargar Documento