Ayudas para prevenir y paliar los daños producidos en Castilla-La Mancha por el lobo iberico (canis lupus signatus) al ganado domestico y para compensar el lucro cesante y los daños indirectos originados.
Código de ayuda:
S45528/08Norma:
Orden de 13-06-2008.Plazo de Solicitud:
Ayuda de franquicia, lucro cesante y daños indirectos: 1 mes desde el ataque. Prevención de daños: de 01/01 a 30/04 de cada año.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Conceder ayudas para prevenir y paliar los daños producidos en Castilla-La Mancha por el lobo ibérico (canis lupues signatus) al ganado doméstico y para compensar el lucro cesante y los daños indirectos originados.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
- En materia de prevención de los daños por los ataques de lobos: ganaderos o titulares de explotaciones con domicilio fiscal en C-LM y cuya actividad ganadera esté radicada en a) los términos municipales de la provincia de Guadalajara que se incluyen en el Anexo I; b) el resto del ámbito territorial de C-LM, cuando la reiteración de ataques al ganado por parte del lobo en una determinada zona o por la información técnica disponibles, sea aconsejable la adopción urgente de medidas de prevención de daños.- En materia de paliación de los daños producidos por los ataques de lobos: ganaderos o titulares de explotaciones con domicilio fiscal en C-LM y cuya actividad ganadera se encuentre radicada en el ámbito territorial de C-LM.
- En materia de compensación del lucro cesante y de los daños indirectos originados por los ataques de lobos: ganaderos o titulares de explotaciones con domicilio fiscal en C-LM y cuya actividad ganadera esté radicada en el ámbito territorial de C-LM.
Requisitos:
- Suscripción de una póliza de seguros comprendida en el Plan Nacional de Seguros Agrarios u otra compañía, en la que se encuentre incluida dentro de sus coberturas, el riesgo de daños producidos por lobos y perros asilvestrados y que esté vigente en el momento de presentarse la solicitud de ayuda y, en su caso, de producirse el daño.- No podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas reguladas en esta Orden las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones o estén incursos en los casos que se establecen en el art. 74.2 de la Ley 9/2206 de modificación del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de C-LM en materia de subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
18/06/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 126
Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 126
Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento