Ayudas para personas aragonesas que tengan la condición de deportistas de alto rendimiento, su personal técnico, y para las personas aragonesas que desempeñen su labor arbitral en competiciones internacionales de categoría absoluta.

Código de ayuda:

S29637/25

Norma:

ORDEN ECD/1381/2025, de 6 de octubre. ORDEN ECD/978/2025, de 1 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 5 de noviembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se aprueba la convocatoria de ayudas a personas aragonesas que tengan la condición de deportistas de alto rendimiento, su personal técnico, y para las personas aragonesas que desempeñen su labor arbitral en competiciones internacionales de categoría absoluta, para el ejercicio 2025, por los méritos deportivos del año 2024.

Su finalidad es contribuir a la mejora técnica y de los resultados deportivos de los deportistas aragoneses de alto rendimiento no profesionales, mediante el apoyo que supone el otorgamiento de ayudas económicas. Su finalidad es la de contribuir a la mejora de la preparación de este colectivo para una participación de calidad en estas competiciones, mediante el apoyo que supone el otorgamiento de ayudas económicas por sus méritos deportivos.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Cultura y Deporte (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

    Detalle beneficiarios:

    Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas:

    a) Las personas deportistas aragonesas de alto rendimiento no profesionales, con reconocimiento en vigor conforme a la normativa reguladora del deporte aragonés de alto rendimiento. No podrán tener la condición de beneficiarias las personas deportistas aragoneses de alto rendimiento que, en el año de obtención del mérito deportivo a valorar, no poseyeran licencia deportiva en vigor expedida por la federación aragonesa correspondiente, ni pertenecieran a un club deportivo aragonés, cuando existieran en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón clubes en la máxima categoría de ámbito nacional.

    b) El personal técnico aragonés oficial de los deportistas que reúnan los requisitos establecidos en el apartado anterior, siempre que tengan su vecindad administrativa en Aragón y licencia deportiva en vigor expedida por la federación deportiva aragonesa correspondiente, en el año de obtención del mérito deportivo a valorar.

    c) El personal de arbitraje que tenga la condición política de aragonés, y que acredite haber participado, de forma directa, en el arbitraje de competiciones internacionales absolutas oficiales.

    Documentos asociados

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    Boletín: 22/10/2025
    BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 204
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    Boletín: 22/10/2025
    BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 204
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