Ayudas para participar en el Aula de verano Ortega y Gasset.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S21991/12

Norma:

Resolución de 11 de junio de 2012. ORDEN ECI/1305/2005, de 20 de abril. Resolución de 15 de julio de 2013. Resolución de 23 de junio de 2014. Resolución de 15 de junio de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 6 de julio de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de 100 ayudas para participar en el Aula de Verano «Ortega y Gasset» (en adelante, el Aula), organizada en colaboración con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Tiene como finalidad introducir a los estudios universitarios.

Para lograr el objetivo de este programa, con un enfoque multidisciplinar, se han previsto diversas actividades académicas dirigidas por profesores universitarios, investigadores y personalidades de la cultura y el arte. Las sesiones se desarrollarán de acuerdo con un programa estructurado para cada día lectivo, que incluirá actividades y propuestas culturales fuera del horario académico (en el Anexo se recogen las principales actividades programadas).

A efectos organizativos, los beneficiarios de las ayudas serán distribuidos en dos grupos de 50 alumnos.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los alumnos que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Alojamiento y manutención, en régimen de pensión completa y habitación doble durante las fechas de celebración del Aula.

b) Desplazamiento de los asistentes desde su punto de origen hasta Santander y regreso, con un máximo de 200 euros para los desplazamientos dentro de la Península y de 250 euros para los alumnos procedentes de las Comunidades Autónomas de las Illes Balears y de Canarias y de las Ciudades de Ceuta y Melilla. En los tres meses siguientes a la finalización del Aula de Verano, la Universidad Internacional Menéndez Pelayo abonará los gastos de desplazamiento a los alumnos beneficiarios mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente abierta a su nombre y que cada alumno facilitará en el momento de su incorporación al Aula en Santander. A tales efectos, y como condición indispensable, el beneficiario deberá aportar los justificantes originales de los gastos de desplazamiento para que la UIMP pueda tramitar el correspondiente expediente para su abono.

c) Traslados, entradas a monumentos, museos, etcétera, derivados de las actividades culturales previstas en el programa.

Requisitos:

a) hayan finalizado el último curso del bachillerato o del ciclo formativo de grado superior de formación profesional en el año 2015, y

b) acrediten una nota media igual o superior a 9,60 puntos sobre 10 en los dos cursos del bachillerato o del correspondiente ciclo formativo de grado superior de formación profesional.

Documentos asociados

Boletín: 12/05/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 113
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/06/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 143
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 17/07/2013
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Boletín: 04/07/2014
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Boletín: 18/06/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 145
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