Ayudas para paliar los daños producidos por el lobo.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S25264/13Norma:
ORDEN de 19 de junio de 2013.Plazo de Solicitud:
Un mes desde que se produzca el daño. Hasta el 2 de agosto para daños causados desde el 1/10/12 al 03/07/13.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas a favor de los/as ganaderos/as afectados/as por los ataques del lobo a las reses de sus explotaciones, con la finalidad de compensarlos por los daños ocasionados a su ganado, y proceder a su convocatoria para el año 2013.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. El importe de estas ayudas, que figura en el anexo I de esta orden, corresponderá al supuesto de muerte y estará condicionado a la existencia de crédito presupuestario. El importe de las ayudas se incrementará en un 30 % cuando afecte a explotaciones delos municipios incluidos en la zona 1 del Plan de gestión del lobo en Galicia y recogidos en el anexo IV de esta orden.
2. En el caso de animales heridos, la ayuda se estimará en función de los gastos veterinarios producidos y acreditados, en una cuantía que, en ningún caso, podrá exceder el límite de las ayudas previstas en el anexo I para los animales muertos. Cuando los heridos sean varios ejemplares, se admitirán facturas conjuntas del servicio veterinario en que se haga relación individual de los animales heridos con su edad. El sacrificio eutanásico se podrá equiparar a la muerte y no se indemnizará, por tanto, la atención veterinaria.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los/as propietarios/as de ganado, especificado en el anexo I, afectado por ataques de lobos dentro de la comunidad autónoma.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos a favor de los/as ganaderos/as afectados/as por los ataques del lobo a las reses de sus explotaciones.Requisitos:
El ganado deberá pertenecer a una explotación incluida en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de Galicia.Deberá también estar identificado y saneado de acuerdo con la normativa aplicable al efecto, salvo en el caso del ganado caballar, asnal y mular que solamente deberá estar identificado individualmente.
En el caso del ganado porcino, además de pertenecer a la raza celta, tendrá que haber cumplido los requisitos sanitarios establecidos en el Real decreto 1186/2006, de 13 de octubre, y en el 360/2009, de 23 de marzo, y en el caso de reproductores estar identificados individualmente y estar inscritos en el Libro genealógico de la raza.
Documentos asociados
Boletín:
02/07/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 124
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 124
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento