Ayudas para paliar los daños producidos como consecuencia del pedrisco caido el dia 31 de octubre y el dia 1 de noviembre de 2004 en el ámbito de Ibiza.
Código de ayuda:
S26528/04Norma:
Convocatoria de 16 de noviembre de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/12/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Apoyar a los agricultores de Eivissa, en concreto a los que hayan sufrido daños en su explotación agrícola con perdida de cosecha, como consecuencia del pedrisco caído el 14 de junio de 2004 que se produjo en una franja que va des de Es Canar en Santa Eulària, hasta la zona de Buscastell en Sant Antoni.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejo Insular de Ibiza-Formentera (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas que se podrán conceder a los cultivadores serán:1) Si el agricultor no tiene la cosecha asegurada, de hasta el 75 % de la cuantía aplicable por superficie equivalente de cultivo, según los módulos de esta convocatoria descritos en el anejo I.
2) En el caso de que el agricultor tenga la cosecha asegurada la ayuda consistirá en la cuantía económica suficiente para cubrir el 100% de la producción descontando la cuantía económica recibida de la compañía aseguradora y según el precio de la producción asegurada.
Las ayudas no generan ningún derecho a la obtención de otras ayudas en ejercicios posteriores.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Aquellos titulares de explotación que hayan realizado previamente una declaración de daños presentada en el Consell Insulard’Eivissa i Formentera antes del 18 de noviembre del 2004 tal y como dispone el acuerdo del Consell Executiu del Consell Insular d’Eivissa i Formentera del 8 de noviembre de 2004, siempre y cuando reúnan los siguientes requisitos:
a) Que la explotación esté situada en Eivissa.
b) Que hayan sido descritos los daños por parte del titular, en la declaración de daños presentada en el CIEF.
c) Que la actividad agrícola dañada cumpla con la normativa de aplicación, especialmente en cuanto a registros de cultivo de viña y olivo.
d) Estar al corriente de sus obligaciones económicas con el Consell Insular d’Eivissa i Formentera.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrá ser objeto de la ayuda toda actividad agrícola, de las explotaciones agrarias, que se haya visto afectado por el pedrisco del día 31 de octubre y del día 1 de noviembre.Documentos asociados
Boletín:
27/11/2004
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 169
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 169
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