Ayudas para mejora del alumbrado exterior en áreas industriales de la Comunidad de Madrid.

Código de ayuda:

S55437/17

Norma:

ACUERDO de 3 de octubre de 2017. ORDEN de 16 de octubre de 2017. ORDEN de 26 de abril de 2018. ORDEN de 11 de abril de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de noviembre de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente Anexo tiene por objeto regular el contenido y el procedimiento de concesión directa de ayudas para mejora del alumbrado exterior de los polígonos industriales de la Comunidad de Madrid, con objeto de mejorar su eficiencia energética, los niveles de calidad de la iluminación, la seguridad y la propia imagen de estas áreas industriales, como medida prioritaria para el desarrollo y modernización del sector industrial de la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía, Empleo y Competitividad (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Las ayudas de este programa consistirán en subvenciones de concesión directa sobre los gastos que resulten subvencionables.

2. La cuantía de la ayuda será del 50 por 100 de la inversión subvencionable.

3. El límite máximo de la ayuda será de 100.000 euros por proyecto y 200.000 euros por beneficiario.

4. En caso de que el pago realizado y justificado, según lo indicado en los puntos siguientes del presente Anexo, no corresponda a la totalidad del importe de la inversión subvencionada, la ayuda se minorará proporcionalmente.

5. Las empresas, empresarios autónomos, sociedades cooperativas, instituciones sin ánimo de lucro y otras entidades que desarrollen una actividad económica no podrán superar el límite de 200.000 euros para el mismo beneficiario durante cualquier período de tres ejercicios fiscales, en los términos establecidos en el Reglamento UE 1407/2013, de 18 de diciembre, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas reguladas por el presente Acuerdo los Ayuntamientos, Organismos autónomos locales, Entidades públicas empresariales locales, Sociedades mercantiles locales cuyo capital social sea de titularidad pública y otras entidades titulares de polígonos industriales en la Comunidad de Madrid.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables las sustituciones de lámparas, luminarias y/o la instalación de reguladores-estabilizadores de flujo luminoso en instalaciones de alumbrado exterior en las áreas industriales del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Documentos asociados

Boletín: 26/10/2017
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 255
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 16/11/2017
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