Ayudas para lucha contra pobreza infantil.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S50419/14Norma:
Campo Real, a 4 de noviembre de 2014.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 1 de diciembre de 2014.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Apoyar a las familias o unidades de convivencia que se encuentren en situación de privación material severa por insuficiencia de recursos económicos, con el fin de atender sus necesidades y luchar contra la pobreza infantil.Categorías Subvención
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales del Este de Madrid (MISSEM) (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar fórmula anexo I.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas, por sí mismas o en nombre de su unidad de convivencia con menores de 18 años a su cargo que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 9, atraviesan una situación de urgencia debida a la privación material de sus necesidades básicas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Necesidades básicas de alimentación y aseo infantil: destinadas a alimentos y artículos de higiene infantil de primera necesidad, según la relación recogida en el Anexo 3 de esta convocatoria.b) Gastos de suministros: luz, agua y/o gas del domicilio del domicilio donde esté empadronada la familia o unidad familiar.
c) Apoyo para el mantenimiento de la autonomía personal: gafas, audífonos y/o prótesis del menor. Se limitan exclusivamente a casos en los que se vea limitado gravemente el desarrollo personal y/o el aprendizaje del menor.
c) Adquisición de medicamentos: Previsto en situaciones de urgencia en menores, en los que se garantice el seguimiento a través de un tratamiento médico.
d) Ropa y calzado: productos de vestido para los menores.
Requisitos:
1. Ser mayor de edad o menor emancipado judicialmente.2. Residir, estando empadronado/a, en los municipios de la Mancomunidad.
3. Acreditar la situación de necesidad en la fecha de solicitud.
4. Haber sido perceptor/a de una prestación de carácter económico de la Mancomunidad durante 2014 y/o ser perceptor/a de una Renta Mínima de Inserción en la fecha de solicitud.
5. Aportar la documentación exigida en cada caso.
Documentos asociados
Boletín:
07/11/2014
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 265
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 265
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín:
07/11/2014
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 265
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 265
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
07/11/2014
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 265
Documento: Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 265
Documento: Anexos Descargar Documento