Ayudas para los consejos reguladores u órganos de gestión de las figuras de calidad de la Comunitat Valenciana y entidades asociativas gestoras de la autorización del uso de la marca CV.- Convocatoria 2014.- Modificación.

Código de ayuda:

S11455/09

Norma:

ORDEN de 12 de febrero de 2009. RESOLUCION de 25 de febrero de 2009. ORDEN de 20 mayo de 2009. RESOLUCION de 4 de noviembre de 2009. ORDEN 1/2010, de 12 de enero. RESOLUCION de 25 de febrero de 2010. RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2010. ORDEN 12/2011, de 23 de diciembre. ORDEN 11/2014, de 26 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/06/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio 2011, las ayudas para los consejos reguladores u órganos de gestión de las figuras de calidad de la Comunitat Valenciana y entidades asociativas gestoras de la autorización del uso de la marca CV reguladas por Orden de 12 de febrero de 2009, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Calidad
  • Cooperación empresarial
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Agricultura, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe destinado a esta convocatoria es de un millón novecientos cincuenta mil euros (1.950.000 €), con cargo a la partida presupuestaria 12.02.03, programa 714.60.4, línea T1766000, «Garantizar la
calidad de los productos de calidad reconocida».

En relación al importe total de financiación de estas ayudas, un 10% de dicho importe se destinará a subvencionar las actuaciones recogidas en la orden de bases en su artículo 5 (Subvenciones para las actividades de las entidades asociativas gestoras de la autorización del uso de la marca CV), otro 10% a las recogidas en el artículo 6 (Subvenciones para las actividades de las asociaciones de consejos reguladores, las federaciones y confederaciones de los mismos y, las organizaciones interprofesionales acogidas a figuras de calidad, siempre y cuando estén ubicadas en la Comunitat Valenciana), y el 80% para las recogidas en el artículo 4 (Subvenciones para los Consejos Reguladores u Órganos de Gestión).


Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Los consejos reguladores u órganos de gestión de las denominaciones de origen, indicaciones geográficas, especialidades tradicionales garantizadas de la Comunitat Valenciana a los que les sea de aplicación lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 479/2008 del Consejo de 29 de abril de 2008 por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, se modifican los Reglamentos (CE) no 1493/1999, (CE) no 1782/2003, (CE) no 1290/2005 y (CE) no 3/2008 y se derogan los Reglamentos (CEE) no 2392/86 y (CE) no 1493/1999 y, el Reglamento (CE) nº 510/2006 de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios. Y el Consejo de Agricultura Ecológica de la Comunitat Valenciana, creado al amparo del Reglamento (CE) nº 834/2007 del Consejo de 28 de junio de 2007 sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) no 2092/91, siendo sus beneficiarios indirectos las pymes agrícolas y agroalimentarias asociadas a los consejos reguladores u órganos de gestión, las cuales han de ser las destinatarias últimas de las actuaciones subvencionables, en relación a las actividades del artículo 4 apartado 1.

2. Las entidades asociativas constituidas para la gestión, con la autorización de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, del uso de la marca CV, tal y como se prevén en el Decreto 91/1998, de 16 de junio, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento de la Marca de Calidad CV para Productos Agrarios y Agroalimentarios.

3. Las asociaciones de consejos reguladores, las federaciones y confederaciones de los mismos y, las organizaciones interprofesionales acogidas a figuras de calidad, siempre y cuando estén ubicadas en la Comunitat Valenciana, quedan incluidos como beneficiarios de la presente orden, siendo sus beneficiarios indirectos las pequeñas y medianas empresas agrícolas y agroalimentarias asociadas a las entidades beneficiarias, las cuales han de ser las destinatarias últimas de las actuaciones subvencionables.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

(A) Subvenciones para los Consejos Reguladores u Órganos de Gestión:

1. Ayudas para fomentar la producción de productos agrícolas de calidad:

Se incluyen como conceptos subvencionables:

a) Los costes de las actividades de estudio de mercado y concepción y creación de productos, incluidas las ayudas concedidas para la preparación de solicitudes de reconocimiento de indicaciones geográficas y denominaciones de origen o certificados de características específicas de conformidad con la normativa comunitaria pertinente.

b) Los costes de las actividades de control.

– Los derivados de la implantación de métodos de garantía de la calidad, sistemas basados en análisis de riesgos y puntos de control críticos, sistemas de trazabilidad, sistemas para garantizar el respeto a
la autenticidad y las normas de comercialización. Así como los de formación del personal para la aplicación de éstos métodos y sistemas.

– Los derivados de las medidas de control obligatorias adoptadas por las autoridades competentes o en nombre de ellas con arreglo a la legislación comunitaria o nacional, a menos que la legislación comunitaria
exija que las empresas corran con esos costes.

– En la concesión de la ayuda se estará a lo previsto en el artículo 11 del Reglamento (CE) nº 510/2006, del Consejo de 20 de marzo de 2006 sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las
denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (DOUE L93, 31.03.2006).

c) Los costes de actividades de promoción.

– Organización de foros de intercambio de conocimientos entre empresas, concursos, exhibiciones y ferias.

– Por la participación en los eventos arriba referenciados serán subvencionables: Derechos de participación; Gastos de viaje; Costes de las publicaciones; Alquiler de los locales de exposición.
d) Los costes derivados de la divulgación de conocimientos científicos y, la información factual sobre sistemas de calidad abiertos a productos de otros países, sobre productos genéricos y sobre beneficios
nutricionales de los productos genéricos y las recomendaciones de uso de los mismos. Siempre y cuando las referencias al origen correspondan exactamente a las registradas por la Comunidad Europea y, los
productos sean los regulados en el Reglamento (CE) nº 510/2006 del Consejo (DO L93, 31.03.2006) y los artículos 54 a 58 del Reglamento (CE) nº 1493/1999 del Consejo (DO L179, 14.07.1999).

e) Publicaciones como catálogos o sitios web que presenten información factual sobre los productores de una región determinada o de un producto determinado, siempre que la información y su presentación
sean de carácter neutro y que todos los productores interesados tengan las mismas posibilidades de estar representados en la publicación.

2. Ayudas iniciales para la constitución de nuevos consejos reguladores u órganos de gestión de las indicaciones geográficas y las denominaciones de origen y, el Comité de Agricultura Ecológica de conformidad con el derecho comunitario, y el Decreto 222/2007, de 9 de noviembre, del Consell (DOCV núm. 5639, 14.11.2007).

Se incluyen como conceptos subvencionables:

a) Alquiler de locales apropiados.

b) Equipamiento de material de oficina.

c) Ordenadores y programas informáticos.

d) Costes del personal administrativo.

e) Costes generales.

f) Los gastos legales y administrativos.

g) En caso de que se compren locales, los gastos subvencionables correspondientes se limitarán a los del alquiler a precios de mercado. En el supuesto de adquisición de bienes inventariables el periodo durante el cual el beneficiario debe destinar los bienes al fin concreto para el que se concedió la subvención no podrá ser inferior a cinco años.

(B) Subvenciones para las actividades de las entidades asociativas gestoras de la autorización del uso de la marca CV.

Tipos de actividades subvencionables:

1. Los costes de las actividades de control.

– Los derivados de la implantación de métodos de garantía de la calidad, sistemas basados en análisis de riesgos y puntos de control críticos, sistemas de trazabilidad, sistemas para garantizar el respeto a
la autenticidad y las normas de comercialización. Así como los de formación del personal para la aplicación de éstos métodos y sistemas.

– Los derivados de las medidas de control obligatorias adoptadas por las autoridades competentes o en nombre de ellas con arreglo a la legislación comunitaria o nacional.

2. Los costes de actividades de promoción.

– Organización de foros de intercambio de conocimientos entre empresas, concursos, exhibiciones y ferias.

– Por la participación en los eventos arriba referenciados serán subvencionables: Derechos de participación; Gastos de viaje; Costes de las publicaciones; Alquiler de los locales de exposición.

3. Publicaciones como catálogos o sitios web que presenten información factual sobre los productores de una región determinada o de un producto determinado, siempre que la información y su presentación
sean de carácter neutro y que todos los productores interesados tengan las mismas posibilidades de estar representados en la publicación.

(C) Subvenciones para las actividades de las asociaciones de consejos reguladores, las federaciones y confederaciones de los mismos y, las organizaciones interprofesionales acogidas a figuras de calidad, siempre y cuando estén ubicadas en la Comunitat Valenciana.

Tipos de actividades subvencionables:

1. Los costes de las actividades de estudio de mercado y concepción y creación de productos, incluidas las ayudas concedidas para la preparación de solicitudes de reconocimiento de indicaciones geográficas
y denominaciones de origen o certificados de características específicas de conformidad con la normativa comunitaria pertinente.

2. Los costes derivados de la divulgación de conocimientos científicos y, la información factual sobre sistemas de calidad abiertos a productos de otros países, sobre productos genéricos y sobre beneficios
nutricionales de los productos genéricos y las recomendaciones de uso de los mismos. Siempre y cuando las referencias al origen correspondan exactamente a las registradas por la Comunidad Europea y, los
productos sean los regulados en el Reglamento (CE) nº 510/2006 del Consejo (DO L93, 31.03.2006) y los artículos 54 a 58 del Reglamento (CE) nº 1493/1999 del Consejo (DO L179, 14.07.1999).

Documentos asociados

Boletín: 18/02/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5957
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 23/03/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5979
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 29/05/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6024
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 17/11/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6146
Documento: 2ª Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 19/01/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6187
Documento: Modificaciones y Anexos Descargar Documento
Boletín: 10/03/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6223
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín: 16/12/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6418
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 05/01/2012
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6686
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 02/06/2014
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7286
Documento: Modificación y Convocatoria 2014. Descargar Documento