Ayudas para los centros valencianos en el exterior de la Comunitat Valenciana en el ejercicio 2011.

Código de ayuda:

S62528/10

Norma:

ORDEN 16/2010, de 17 de noviembre. ORDEN 1/2011, de 10 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/12/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas establecidas podrán ir destinadas a las actuaciones siguientes:

a) Organización de programas de asistencia social dirigidos a los emigrantes valencianos que se encuentren en situaciones de necesidad, organización de actividades culturales, de orientación e información; programas formativos y de difusión de la cultura de la Comunitat Valenciana entre colectivos de emigrantes valencianos, y gastos de funcionamiento de los centros que desarrollen dichas actividades.

b) Creación, modernización o actualización de las sedes y las instalaciones de los centros valencianos en el exterior de la Comunitat Valenciana, con especial prioridad a las amortizaciones de capital correspondientes a préstamos para la adquisición de sedes sociales de los centros valencianos en el exterior, formalizados con anterioridad a la publicación oficial de la presente orden de convocatoria de ayudas.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consejeria de Solidaridad y Ciudadania (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los centros valencianos en el exterior de la Comunitat Valenciana que hayan sido reconocidos como tales por la Generalitat de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 11/2007, de 20 de marzo, de la Generalitat, de Comunidades de Valencianos en el Exterior, y en el artículo 13 del Decreto 53/2008, de 18 de abril, del Consell, por el que se desarrolla lo dispuesto en la citada ley.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas consistirán en la concesión de subvenciones, que podrán alcanzar hasta el importe total de su coste, para los siguientes programas:

a) Organización de programas de asistencia social, actividades culturales, de orientación e información, y
cursos de valenciano.

b) Coste de los gastos de funcionamiento de los centros, tales como gastos de personal, arrendamientos, material de oficina, prensa, revistas, libros y otras publicaciones, comunicaciones, suministros (agua, electricidad, teléfono, gas, etc.), gastos derivados de acciones formativas, u otros gastos corrientes.

Documentos asociados

Boletín: 22/11/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6402
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 16/02/2011
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6461
Documento: Créditos 2011. Descargar Documento