Ayudas para los centros docentes privados concertados para la euskaldunización del ámbito escolar durante el curso escolar 2017-2018.

Código de ayuda:

S43646/17

Norma:

ORDEN de 31 de agosto de 2017.

Plazo de Solicitud:

1 mes desde la publicación de la convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases y convocar las subvenciones destinadas a fomentar el uso del euskera en el ámbito escolar durante el curso 2017-2018.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

150.000 euros de presupuesto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los centros escolares privados concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Se subvencionaran actividades de dentro y de fuera de las aulas que se desarrollen durante el curso escolar 2017-2018 en Educación Infantil, Educación Primaria y Secundaria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Actividades cuyo fin sea impulsar el uso del euskera en situaciones no formales destinadas al uso oral y a la euskaldunización del ámbito escolar tales como: teatro escolar, bersolarismo, canto, actividades narrativas y radiofónicas, e invitación a personas con el objetivo de mejorar la expresión oral en euskera el alumnado. Dichas actividades serán responsabilidad del propio centro cuyo representante será el director o directora del mismo.

b) Actuaciones que tienen como fin que el alumnado use el euskera:

1) En situaciones extra-académicas dentro del centro, se subvencionará todo lo que conlleve desarrollo y puesta en marcha de la actividad: preparación, puesta en escena, attrezzo, bibliografía, vestuario...

2) Actividades que con el fin de potenciar el uso del euskera incluyan a padres y madres, personal laboral no docente y/o profesorado.

Serán objeto de subvención aquellas actividades que se desarrollen en el centro para potenciar el uso del euskera. Se considerarán en su sentido más amplio, siempre que estén incluidas en los planes de centro y su objetivo sea tanto la organización de dicho centro escolar como las actividades de motivación del personal.

No podrán ser objeto de subvención las actividades de formación o de innovación que con este fin hayan obtenido ayudas específicas de programas como Irale, Prest Gara...

3) Acciones ligadas a la actividad escolar que impulsen el uso del euskera: paisaje lingüístico, biblioteca, normativa escrita...

Puesto que la finalidad principal de la presente convocatoria es la de potenciar la oralidad y el uso del euskera, no serán objeto de subvención los gastos destinados a los efectos artísticos, expresión corporal, efectos audio-visuales, ni aquellos gastos destinados a mejorar finalidades similares.

a) Estancias en un medio euskaldun con el fin de potenciar esta vivencia. Las estancias deberán ser como mínimo de 2 noches para ser subvencionadas.

No serán objeto de ayuda las estancias que el departamento organice en Centros de Afianzamiento Idiomáticos (Euskal Girotze Barnetegiak), y que hayan sido previamente dotadas.

b) Intercambios inter-escolares para potenciar el conocimiento y acercamiento a culturas, dialectos y/o sociedades vascófonas diferentes.

Serán objeto de subvención las estancias organizadas con el fin de ofrecer esta vivencia en un ambiente euskaldun. Las estancias deben ser de al menos 2 noches para ser subvencionadas. El intercambio constará como regla general de dos estancias, una en cada una de las respectivas localidades de residencia de los participantes, salvo que, por razones de distancia entre localidades u otras razones, se decida realizar el intercambio en un centro acordado, o sólo en la localidad de uno de los participantes.

Si el intercambio es entre centros educativos de la CAPV, ambos sin excepción deberán hacer la solicitud del intercambio. Si el intercambio se solicitase entre centros de fuera de la CAPV, de Navarra y de Iparralde, la solicitud sólo la hará el centro de la CAPV y será también el que reciba toda la subvención para el intercambio.

Documentos asociados

Boletín: 31/08/2017
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 166
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento