Ayudas para los centros de educacion especial, las unidades de educacion especial en centros ordinarios y los centros de accion educativa singular (CAES), de titularidad de corporaciones locales y privados concertados, para la adquisicion de libros de texto y de material didactico e informatico en el curso 2014-2015.

Código de ayuda:

S44955/14

Norma:

ORDEN 75/2014, de 16 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/10/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar ayudas para los centros de educación especial y las unidades de educación especial en centros ordinarios de titularidad de corporaciones locales y privados concertados en la Comunitat Valenciana, para gastos corrientes derivados de la adquisición de libros de texto y material didáctico e informático adaptados a las necesidades de su alumnado.

Convocar ayudas para los centros de acción educativa singular (CAES) privados concertados de la Comunitat Valenciana, para gastos corrientes derivados de la adquisición de libros de texto y material didáctico e informático, adaptados a las necesidades de su alumnado.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Deporte (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los centros de educacion especial, las unidades de educacion especial en centros ordinarios y los centros de accion educativa singular (CAES), de titularidad de corporaciones locales y privados concertados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La adquisición de libros de texto y material didáctico e informático adaptados a las necesidades de su alumnado.

Requisitos:

1. Los centros que participan en esta convocatoria deberán cumplir como beneficiarios los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. Los centros beneficiarios deberán cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el resto de disposiciones que consten en esta orden.

Documentos asociados

Boletín: 18/09/2014
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7363
Documento: Bases, Convocatoria 2014/2015 y Anexos. Descargar Documento