Ayudas para los Colegios Mayores y la convocatoria para presentacion de solicitudes en el ejercicio 2007.

Código de ayuda:

S61055/07

Norma:

ORDEN de 17 de julio de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/09/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden la regulación y convocatoria de ayudas para colaborar en la financiación
de los gastos que se originen en los Colegios Mayores en el año 2007 por la realización de las acciones que se detallan en el artículo 3 siguiente.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente Orden las personas jurídicas de
naturaleza pública o privada que sean titulares de los Centros Universitarios que reúnan los siguientes requisitos:

a) Haber sido legalmente reconocidos como Colegios Mayores universitarios.
b) Tener su sede en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las entidades beneficiarias de las ayudas otorgadas en virtud de esta convocatoria destinarán las mismas,
en los porcentajes que se establecen en el presente artículo, a la financiación de los gastos originados por
la realización de las siguientes acciones de los Colegios Mayores:

a) Realización de Actividades Formativas.– Un 25 por 100 del importe de la ayuda se destinará a la financiación de los gastos originados por la realización de actividades que contribuyan a la formación cultural y científica de los estudiantes universitarios que residen en estos centros y se proyecten al servicio de la comunidad universitaria.
b) Concesión de Becas.– Un 50 por 100 del importe de la ayuda se destinará a la concesión de ayudas o
becas de residencia para el curso académico 2007-2008, a colegiales residentes con menores recursos económicos.
c) Compra de bienes inventariables.– Un 25 por 100 del importe de la ayuda se destinará a la compra de bienes inventariables que sean necesarios para la realización de las actividades subvencionadas o para el equipamiento del Colegio Mayor.

Todos los gastos que se imputen a la subvención concedida deberán devengarse en el año 2007; la concesión de becas de residencia con cargo al importe resultante de lo establecido en el apartado 1.b) de este mismo artículo, deberá efectuarse para el curso académico 2007-2008 y ponerse en conocimiento de los colegiales interesados con anterioridad al 1 de enero de 2008. En el supuesto de producirse alguna baja con posterioridad a la concesión y no figurar colegiales suplentes para el disfrute de la beca, el Colegio Mayor deberá proceder, a la finalización del mismo curso académico, a la devolución del importe no aplicado.

Documentos asociados

Boletín: 20/08/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 159
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento