Ayudas para llevar a cabo proyectos archivísticos con cargo a créditos de operaciones de inversión.

Código de ayuda:

S08682/05

Norma:

Resolución de 22 de febrero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/04/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas a Instituciones o Entidades privadas sin finalidad de lucro para llevar a cabo Proyectos Archivísticos de ámbito nacional o de ámbito al menos superior al de una Comunidad Autónoma que redunden en la mejor conservación y difusión de nuestro rico Patrimonio Documental, en tanto testimonio único del proceso histórico de vertebración del Estado y de la cultura española y de su proyección internacional.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No se podrá financiar más del 90 % del coste total de cada actividad o de la parte de la actividad elegida para subvención.
La entidad beneficiaria está obligada a ejecutar y justificar, conforme a los requisitos establecidos en el punto décimo de esta convocatoria, el haber llevado a cabo el 100 por 100 de la actividad subvencionada o de la parte de la actividad que resulte subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Instituciones o Entidades privadas, sin ánimo de lucro, que presenten Proyectos Archivísticos de ámbito nacional o de ámbito al menos superior al de una comunidad autónoma sobre el Patrimonio Documental Español y su proyección internacional (en aplicación del artículo 149.2 de la Constitución).

Requisitos:

Se consideran requisitos imprescindibles para que un proyecto pueda concurrir, los siguientes:
1. Que los fondos objeto del Proyecto Archivístico no se custodien en los Archivos Estatales ni en los de otras Administraciones
Públicas.
2. Que el Proyecto Archivístico se aplique concretamente y de forma específica para las tareas de organización, descripción, conservación o reproducción del fondo objeto de dicho Proyecto.
Esto excluye la celebración de congresos, reuniones, actos públicos, exposiciones y otros actos de similar naturaleza.
3. Que el Proyecto Archivístico se pueda concluir en un máximo de 4 años.

Documentos asociados

Boletín: 07/03/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 56
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento