Ayudas para las organizaciones sindicales de personal docente no universitario que tienen implantación en la Comunitat Valenciana.
Código de ayuda:
S35846/08Norma:
ORDEN de 30 de abril de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 02/06/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se convocan ayudas económicas para fomentar la realización de actividades de interés educativo por los sindicatos de la enseñanza de la Comunitat Valenciana, durante el ejercicio de 2008, hasta la fecha de presentación de justificantes de gasto.Se aprueban las bases por las que se rige la presente convocatoria, incluidas como anexo I, así como los modelos contenidos en los anexos II, III y IV.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Educación (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe global máximo destinado a las ayudas es de sesenta y seis mil novecientos treinta euros (66.930,00 euros), que se abonarán con cargo a la línea de subvención T1570000 «Fomento labor realizadapor los sindicatos de enseñanza», de la aplicación presupuestaria 09.02.04.421.80 del ejercicio económico de 2008.
Se determinará inicialmente qué cantidad del importe global máximo ha de distribuirse entre las organizaciones sindicales del sector de la enseñanza pública y las del sector de la enseñanza privada concertada.
La concreción de estas dos cantidades se realizará considerando el censo del personal docente de la enseñanza no universitaria de cada uno de los sectores público y privado concertado, a la fecha en que se publique la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Una vez determinadas las dos cantidades a repartir entre las organizaciones sindicales correspondientes a cada sector, la asignación de las ayudas se efectuará teniendo en cuenta el número de representantes en las juntas de personal docente no universitario de la Generalitat (funcionarios) y el número de los miembros del comité de empresa del personal docente no universitario de la Generalitat (laborales), en el
caso de tratarse de organizaciones sindicales correspondientes al sector de enseñanza pública, o el número de delegados de personal y miembros del comité de empresa obtenidos en las elecciones sindicales por cada una de las entidades sindicales del sector privado concertado.
Las ayudas se otorgarán en función de los criterios anteriores y podrán ser subvencionados la totalidad o una parte de los gastos presupuestados.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán pedir las ayudas las organizaciones sindicales que hayan obtenido algún representante en las juntas de personal docente no universitario de la Generalitat (funcionarios) o algún miembro del comité de empresa del personal docente no universitario de la Generalitat (laborales), de acuerdo con la certificación de la Oficina Pública de Registro de Actas de Elecciones Sindicales, dependiente de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Economía Social de la conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, en la fecha en que se publique la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.Asimismo, podrán solicitar las ayudas las organizaciones sindicales que hayan obtenido algún miembro del comité de empresa en las elecciones a representantes de los trabajadores de las empresas del sector de enseñanza privada concertada, celebradas en la Comunitat Valenciana según el convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, código 9908725, de acuerdo con la certificación de la Oficina Pública de Registro de Actas de Elecciones Sindicales, dependiente de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Economía Social de la conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, en la fecha en que se publique la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Los solicitantes tendrán que atenerse a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE de 18.11.2003).
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas económicas se dirigen a subvencionar la realización de las actividades de interés educativo, subvencionándose las que son actividades propias de la organización sindical de marcado carácter educativo y los gastos de funcionamiento que se produzcan para llevar a cabo las mencionadas actividades, de acuerdo con lo preceptuado en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y en la Ley 9/1987, de 12 de junio, de regulación de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las administraciones públicas.Documentos asociados
Boletín:
15/05/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5763
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5763
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