Ayudas para las organizaciones o asociaciones de ganaderos reconocidas por la Comunidad Autónoma para el fomento de las razas autóctonas de protección especial en peligro de extinción correspondientes al año 2005.
Código de ayuda:
S01128/06Norma:
Resolución de la Consejera de Agricultura y Pesca de 29 de diciembre de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 19/01/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad Autónoma de las Illes Balearspor parte de las organizaciones o asociaciones de ganaderos reconocidas por la Comunidad Autónoma.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura y Pesca (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima que recibirá la organización o asociación será de 12.020,00 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las organizaciones o asociaciones reconocidas de conformidad con el Decreto 64/1998, de 12 de junio, por el que se regula la gestión de los libros genealógicos de las razas autóctonas de las Illes Balears.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Realización de estudios sobre los aspectos etnológicos, zootécnicos y productivos de las especies, así como sobre su caracterización morfológica y reproductiva; será subvencionable el 100% del coste de esta actuación.b) Realización de estadísticas que recojan aspectos productivos, estructuras de población, líneas, estirpes, edades y capacidad reproductiva; será subvencionable el 90% del coste de esta actuación.
c) Creación de bancos de germoplasma, de semen y de embriones congelados o reserva en vivo; será subvencionable el 50% del coste de esta actuación.
d) Elaboración de programas de conservación y mejora genética y su puesta en práctica; será subvencionable el 70% del coste de esta actuación.
Requisitos:
a) Que las especies y razas objeto de la asociación figuren en la relación de las razas autóctonas de protección especial en peligro de extinción del Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España.b) No tener ánimo de lucro.
d) Garantizar en sus estatutos la participación democrática de sus miembros.
e) Acreditar que los ganaderos que las integran disponen como mínimo del 60% de las reproductoras de la raza o las razas en peligro de extinción.
f) Disponer de los medios técnicos, de laboratorio y de personal apropiados para la realización de las actividades subvencionadas.
Documentos asociados
Boletín:
07/01/2006
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 5
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 5
Documento: Convocatoria Descargar Documento