Ayudas para las organizaciones o asociaciones de ganaderos para el fomento de las razas autóctonas de protección especial en peligro de extinción.

Código de ayuda:

S50928/05

Norma:

Resolución de 10 de octubre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/11/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de conformidad con el Real Decreto 997/1999, por el que se regulan las ayudas para el fomento de las razas autóctonas españolas de protección especial en peligro de extinción.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Agricultura y Pesca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima que recibirá la organización o la asociación será de 12.020,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones o asociaciones reconocidas de conformidad con el Decreto 64/1998, de 12 de junio, por el que se regula la gestión de los libros genealógicos de las razas autóctonas de las Illes Balears.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Realización de estudios sobre los aspectos etnológicos, zootécnicos y productivos de las especies, así como sobre su caracterización morfológica y reproductiva; el coste de esta actuación puede ser subvencionado hasta el 100%.
b) Realización de estadísticas que recojan aspectos productivos, estructuras de población, líneas, estirpes, edades y capacidad reproductiva; el coste de esta actuación puede ser subvencionado hasta el 90%.
c) Creación de bancos de germoplasma, semen y embriones congelados o reserva en vivo; el coste de esta actuación puede ser subvencionado hasta el 50%.
d) Elaboración de programas de conservación y mejora genética y su puesta en práctica; el coste de esta actuación puede ser subvencionado hasta el 70%.

Requisitos:

a) Que las especies y razas objeto de la asociación figuren en la relación de las razas autóctonas de protección especial en peligro de extinción del Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España.
b) No tener ánimo de lucro.
d) Garantizar en sus estatutos la participación democrática de sus miembros.
e) Acreditar que los ganaderos que las integran disponen como mínimo del 60% de las reproductoras de la raza o razas en peligro de extinción.
f) Disponer de los medios técnicos, de laboratorio y de personal apropiados para la realización de las actividades subvencionadas.

Documentos asociados

Boletín: 12/06/1999
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 140
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/10/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 157
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento