Ayudas para las inversiones en transformacion y comercializacion de productos agrarios y forestales del periodo 2007-2013 cofinanciadas por el Fondo Europeo Agricola de Desarrollo Rural (Feader).- Convocatoria 2014.- Ampliación dotación de la ayuda.

Código de ayuda:

S46555/13

Norma:

ORDEN de 19 de diciembre de 2013. ORDEN de 14 de julio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 27 de enero de 2014; consultar excepción.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Consellería del Medio Rural y del Mar para las inversiones en mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios y forestales para el período 2007-2013 cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y convocar las correspondientes al ejercicio presupuestario de 2014.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Comercio
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

A. Empresas con inversiones en transformación y comercialización de productos incluidos en el anexo I del Tratado:

Tipo de empresa Microempresas, pequeñas y medianas empresas Empresas intermedias

Porcentaje máximo de ayuda 50 % 25 %

B. Empresas con inversiones relativas al aserrado de madera:

Tipo de empresa Microempresas

Porcentaje máximo de ayuda 50 %

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, que tengan una actividad económica, sean titulares de las instalaciones objeto de ayuda, y sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos que se consideren subvencionables.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las inversiones en activos fijos materiales para la creación, ampliación y modernización de las instalaciones situadas en Galicia destinadas a la transformación y/o comercialización de productos agrarios, considerando como tales los productos enumerados en el anexo I del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea excepto los productos de la pesca. Los productos resultantes de los procesos de transformación y/o comercialización podrán ser productos agrarios (incluidos en el anexo I del Tratado) o no agrarios (no incluidos en el anexo I del Tratado).

Serán subvencionables los siguientes tipos de gastos:

a) Construcción, adquisición y mejora de bienes inmuebles, incluida la compra de terrenos.

En todo caso, la adquisición de terrenos será subvencionable hasta el límite del 10 % del total de los gastos subvencionables.

b) Compra de maquinaria y equipamientos nuevos, incluidos los programas informáticos y los soportes lógicos.

c) Los gastos vinculados a los apartados anteriores en honorarios de proyecto y dirección de obra, estudios de viabilidad y adquisición de patentes y licencias relacionadas con el proceso productivo.

Documentos asociados

Boletín: 26/12/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 246
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 24/07/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 140
Documento: Ampliación Dotación. Descargar Documento