Ayudas para la suscripción de un seguro de indemnización diaria en caso de paralización y pérdida de la producción por condiciones climatológicas adversas en el sector pesquero y marisquero de Galicia.
Código de ayuda:
S66728/08Norma:
Orden de 21 de octubre de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 24/11/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente orden es establecer las bases reguladoras de la ayuda dirigida a subvencionar la prima anual del seguro de indemnización diaria en caso de paralización y pérdida de la producción porcondiciones climatológicas adversas en el sector pesquero y marisquero de Galicia, así como su convocatoria para el año 2008.
Las ayudas se concederán con cargo a los créditos previstos en la aplicación presupuestaria 14.01.723B.781.0, proyecto 2007 00573, consignada en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2008, por importe de 758.100,00 euros.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de las ayudas consistirá en un porcentaje, nunca superior al 70% de la aportación que deberá hacer el asegurado para el pago de la prima anual del seguro suscrito con la entidad aseguradora.La cuantía de las ayudas está condicionada, en todo caso, a la existencia de disponibilidades presupuestarias.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán acceder a las ayudas reguladas por esta orden los tomadores de la póliza de seguro de indemnización diaria en caso de paralización y pérdida de la producción por condiciones climatológicas adversas en el sector pesquero y marisquero de Galicia, que podrán ser las cofradías de pescadores, cooperativas del mar, organizaciones de producción pesquera (OPP) o cualquier otra entidad asociativa del sector (desde ahora denominadas todas asociaciones) con sede en Galicia en mombre de sus miembros o asociados que faenen exclusivamente en aguas de su litoral, o lindantes con Portugal y Cantábrico, y que se encuentren comprendidos dentro del ámbito del seguro indicado.Requisitos:
Los beneficiarios deberán:a) Antes del fin del plazo indicado en el artículo 8 de la presente orden, formalizar el seguro con la entidad
aseguradora seleccionada por la consellería a través del concurso convocado por la Orden de 6 de agosto de 2007 (DOG nº 155, del 10 de agosto), finalizado mediante Resolución de 12 de septiembre de 2007 (DOG nº 182, del 19 de septiembre), aseguradora que deberá firmar el correspondiente convenio de colaboración.
b) Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, que están al corriente de sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas y de la Seguridad Social, así como que no tienen pendiente de pago ninguna otra deuda, por ningún concepto, con la Administración pública de la comunidad autónoma.
c) No ser beneficiarios de ninguna otra ayuda para la misma finalidad.
d) No estar incursos en prohibición que les impida tener la condición de beneficiarios de subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
24/10/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 207
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 207
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento