Ayudas para la solicitud de patentes, Convocatoria 2008.

Código de ayuda:

S20519/06

Norma:

ORDEN de 10 de junio de 2008. ORDEN de 12 de diciembre de 2006. ORDEN de 6 de junio de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/09/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar ayudas para la presentación de solicitudes de patentes ante la Oficina Española de Patentes
y Marcas (OEPM), ante la Oficina Europea de Patentes (EPO) y ante la Oficina Internacional de Patentes
(PCT).

Se consideran las siguientes modalidades:

Modalidad 1: Patentes Nacionales presentadas en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).

Modalidad 2: Patentes Internacionales (solicitudes PCT) presentadas ante la Oficina Española de Patentes
y Marcas (OEPM), y Patentes europeas presentadas en la EPO, siempre que previamente se haya tramitado la correspondiente Patente PCT.

Modalidad 3: Presentación de patentes en Oficinas Nacionales excepto España, siempre que se haya realizado previamente la solicitud PCT.

No se admitirá a trámite ninguna solicitud cuyo conocimiento científico-técnico haya sido objeto de algún
tipo de difusión o se haya realizado el registro de solicitud de la patente en alguna oficina. La existencia
de novedad en el conocimiento expresado por la solicitud de patente es requisito para la financiación de una solicitud en esta convocatoria.

Se destina al objeto de las ayudas a las que se refiere la presente Orden la cantidad de 123.600 euros
para el ejercicio 2008 con cargo a la partida presupuestaria establecida al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El importe global consignado en este artículo podrá ser modificado teniendo en cuenta la cuantía total de
las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del organismo gestor y con carácter previo a la resolución de las mismas. De dicha circunstancia se dará publicidad mediante resolución de la Viceconsejera de Universidades e Investigación que será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Otras

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En esta convocatoria se financiará el 50% de los costes de tramitación de acuerdo a lo que se específica para cada una de las modalidades:

Modalidad 1: se financiará el 50% de los costes de redacción de la solicitud de la patente, así como de
los gastos del Agente relativos a la tramitación ante la OEPM, con un límite de 1.500 euros.

Modalidad 2: se financiará el 50% de los costes de redacción de la solicitud (excepto si ya hubieran sido
financiados por la modalidad 1), así como de los gastos del Agente relativos a la tramitación ante la OEPM con un límite de 2.500 euros. En el caso de patente europea se podrán incluir los costes de traducción.

Modalidad 3: se financiará el 50% de los costes de traducción con un límite de 3.000 euros.

La ayuda de la convocatoria se establecerá en base a los costes correspondientes a los organismos beneficiarios de esta convocatoria. En caso de que haya copropietarios de la patente que no sean beneficiarios de esta convocatoria, los costes se calcularán de acuerdo a los porcentajes de propiedad pactados.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los organismos beneficiarios de ayudas concedidas a través de esta convocatoria pueden ser:

Los Agentes acreditados de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación pertenecientes a las siguientes categorías de agentes de acuerdo al artículo 2 del Decreto 221/2002, de 1 de octubre, por el que se actualizan las bases de regulación de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación:

– Centros de Investigación Básica y de Excelencia.
– Centros, Departamentos, Secciones, Institutos u otras Unidades de Investigación de las Universidades
del País Vasco.
– Centros de Investigación Cooperativa.
– Centros Tecnológicos.
– Centros Internacionales de Desarrollo y Transferencia Tecnológica.
– Centros Sectoriales de Investigación.

En todo caso, se entenderá como organismo beneficiario aquel en el que se integra el investigador principal
solicitante y que además tiene personalidad jurídica propia.

No podrán concurrir quienes se encuentren sancionados penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas o se hallen incursos en prohibición legal que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación por razón de sexo de conformidad con lo dispuesto en la disposición final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Costes de redacción, tramitación y traducción, en su caso, de la solicitud de la patente.

Características del grupo de investigación solicitante:

1.– Como inventores de la patente deberán aparecer todas aquellas personas que puedan acreditar que
su participación ha sido imprescindible para la creación del conocimiento que se trata de patentar, pertenezcan o no al/a los organismo/s beneficiario/s.

2.– Cuando los inventores pertenezcan a diferentes organismos beneficiarios o alguno de ellos pertenezca
a un organismo no beneficiario, se hará una única solicitud, actuando uno de los organismos beneficiarios
como organismo solicitante, certificando el resto su conformidad con la solicitud. El investigador responsable del grupo deberá pertenecer al organismo solicitante y figurar como investigador principal en la solicitud.

3.– Se deberán acreditar los porcentajes de propiedad establecidos para cada uno de los propietarios. Cuando exista un documento que regule la propiedad de los resultados de las investigaciones que se quieren patentar, se deberá presentar una copia junto con la documentación de la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 28/06/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 122ZK
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 28/12/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 246
Documento: Convocatoria 2007 Descargar Documento
Boletín: 01/07/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 124
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento