Ayudas para la restauracion de instalaciones de campanas tradicionales en la Comunitat Valenciana - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S26282/08

Norma:

ORDEN de 10 de marzo de 2008. ORDEN de 10 de marzo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan ayudas para la restauración de instalaciones de campanas tradicionales en la Comunitat Valenciana, y se aprueban las bases por las que se rige esta convocatoria incluidas en la propia orden, así como los anexos I, II y III, relativos al modelo normalizado de solicitud y al alta de terceros respectivamente.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Educacion, Cultura y Deporte (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se concederán subvenciones por un importe máximo de 10.000 euros por beneficiario, sea cual sea el coste de la actuación propuesta en la solicitud por el interesado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los Ayuntamientos, las Corporaciones Locales y entidades, en general, sin ánimo de lucro que previamente acrediten la simple disponibilidad o tenencia de las campanas
por cualquier titulo valido en derecho y a los solos efectos de la restauración, debiendo aportarse en todo caso el consentimiento escrito del propietario.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El objeto de las presentes ayudas es colaborar con las instituciones beneficiarias en la cofinanciación de intervenciones destinadas a la restauración de instalaciones de campanas tradicionales.

En la intervención deberán aplicarse principios adecuados de restauración, debiéndose conservar al máximo los componentes y los elementos auxiliares originales según los criterios siguientes:

a) En el caso de existir cambios en las instalaciones tradicionales, se justificará y documentará en cada uno de ellos los motivos de la sustitución.
b) Se contemplarán exclusivamente los llamados «motores de impulsos». En cualquier caso, estos mecanismos respetarán las instalaciones tradicionales o las que se restauren, reproducirán los toques
locales y no impedirán de ningún modo los toques manuales. Para el ejercicio del toque manual, se deberá instalar una ballesta, siempre colocada al lado contrario del electromazo.
c) En ningún caso se podrán instalar dos electromazos diferentes para una sola campana, y menos aún a diversas alturas para simular una nota distinta. En la medida de lo posible, el motor de impulsos y el electromazo se instalarán en el lado izquierdo para no dificultar el posible toque manual.
d) Los ordenadores podrán sustituir a los relojes mecánicos locales, aunque es conveniente mantener estos en funcionamiento de manera manual en cuanto sea posible, por tratarse de un importante elemento patrimonial. En el caso que los relojes mecánicos se sustituyan por ordenadores o autómatas, deberán permanecer en la torre, debidamente protegidos para su conservación y posible restauración futura.
e) Los mecanismos eléctricos y electrónicos deberán estar homologados según la normativa de la Unión Europea.
f) Los soportes de las campanas deberán estar a nivel de muro, recuperando los huecos tradicionales que garantizan una mejor seguridad de las instalaciones.
g) No deberán reutilizarse los anteriores soportes de motores o electromazos, que deberán ser retirados.

Documentos asociados

Boletín: 14/04/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5741
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 24/04/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6000
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento