Ayudas para la reparación de daños causados por los incendios, destinadas a titulares de terrenos cinegéticos ordenados (tecores) de Galicia afectados por los incendios en el ámbito de la competencia de esta consellería.

Código de ayuda:

S25882/25

Norma:

ORDEN de 29 de agosto de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de octubre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto el otorgamiento de ayudas específicas para sufragar los gastos derivados de las actuaciones que se lleven a cabo para paliar los daños causados en los terrenos cinegéticamente ordenados como consecuencia de los incendios que se produjeron durante el verano de 2025 en Galicia.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Actuaciones de siembra de cereales: el coste subvencionable será de un máximo de 650 euros por hectárea, con un límite máximo por entidad de 30.000 euros.

b) Actuaciones de recuperación, reparación y/o reposición de infraestructuras e instalaciones: se subvencionará el 100 % de los gastos acreditados en reparaciones y/o reposiciones de las infraestructuras y/o instalaciones hasta un máximo de 12.000 euros por solicitante.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas los titulares de terrenos cinegéticos ordenados (tecores) de Galicia, regulados en el artículo 13 de la Ley 13/2013, de 23 de diciembre, de caza de Galicia, afectados por la ola de incendios que se produjeron en Galicia en el verano de 2025.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Las actuaciones realizadas sobre terrenos cinegéticamente ordenados con la finalidad de recuperación de los hábitats cinegéticos y la protección de los suelos en las zonas afectadas por los fuegos. Consistirán en la siembra de cereales en los tecores afectados por la ola de fuegos forestales referida. A tal efecto, las actuaciones de siembra se podrán extender hasta el 10 % de la superficie quemada.

b) Las actuaciones de recuperación, reparación y/o reposición de infraestructuras e instalaciones destruidas por los incendios (refugios, fuentes, comederos, bebederos, madrigueras, cercas, infraestructuras de aclimatación, elementos de señalización, etc.).

Documentos asociados

Boletín: 30/08/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 166
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
Boletín: 30/08/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 166
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 04/09/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 170
Documento: Corrección de errores Descargar Documento