Ayudas para la redacción de planes de gestión forestal, previstas en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España, para el periodo 2023-2027, y cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Código de ayuda:

S27473/25

Norma:

ORDEN MAV/1031/2025, de 10 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto aprobar en la Comunidad de Castilla y León las bases reguladoras para la concesión y pago de las ayudas para la redacción de planes de gestión forestal previstas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España para el período 2023-2027 y cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta orden:

a) Las personas físicas o las personas jurídicas titulares de explotaciones o terrenos forestales en régimen privado.

b) Las agrupaciones integradas por varios titulares de explotaciones forestales, sin necesidad de constituirse con personalidad jurídica, para realizar en común todas las actuaciones previstas en esta orden, debiendo nombrar un representante con poderes bastantes, para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, correspondan a la agrupación. Las entidades locales sólo se podrán agrupar entre sí, no pudiendo agruparse con cualquier otro tipo de beneficiario. En todo caso, siempre que una solicitud de ayuda integre a más de un titular, éstos deberán constituirse en agrupación.

c) Las comunidades de bienes, titulares y/o usufructuarias mortis causa de explotaciones o terrenos forestales en régimen privado.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Proyecto de ordenación simplificado, para las explotaciones forestales que cuenten con rodales que vayan a ser objeto de cortas de regeneración durante la vigencia del plan especial, excepto para las explotaciones de arboladonadehesado.

b) Plan dasocrático simplificado, para las explotaciones que no vayan a ser objeto de cortas de regeneración o las que cuenten con arbolado adehesado en regeneración.

c) Plan dasocrático de especies de turno corto, para explotaciones forestales con especies de turno corto según lo definido en el artículo 37.2.b) de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

d) Revisión de proyecto de ordenación simplificado, para las explotaciones forestales que cuenten con rodales que vayan a ser objeto de cortas de regeneración durante la vigencia del plan especial, excepto para las explotaciones de arbolado adehesado, que hayan tenido un proyecto de ordenación aprobado anteriormente.

e) Revisión de plan dasocrático simplificado, para las explotaciones que no vayan a ser objeto de cortas de regeneración o las que cuenten con arbolado adehesado en regeneración, que hayan tenido un plan dasocrático aprobado anteriormente.

f) Revisión de plan dasocrático de especies de turno corto, para explotaciones forestales con especies de turno corto según lo definido en el artículo 37.2.b) de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, que hayan tenido un plan dasocrático de especies de turno corto aprobado anteriormente.

Documentos asociados

Boletín: 23/09/2025
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 183
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento