Ayudas para la recuperación del potencial productivo del olivar afectado por las heladas acaecidas en el primer trimestre de 2005, y correcciones.
Código de ayuda:
S56000/05Norma:
Orden de 21-11-2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/12/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la concesión de ayudas para la recuperación del potencial productivo de las explotaciones de olivar afectadas por las heladas acaecidas en el primer trimestre del año 2005.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
- Los establecidos en el artículo 3 de la Orden.- Se incrementarán en un 20% en el caso de titulares de explotaciones agrarias prioritarias y agricultores a título principal.
- En ningún caso se concederán ayudas a solicitudes cuyos daños, una vez valorados, representen una cuantía inferior a 100 euros/solicitud.
- Para solicitantes que no sean agricultores a título principal la cuantía máxima de la ayuda no podrá superar los 25.000 euros por beneficiario.
- La cuantía de la ayuda concedida se pagará en un periodo de 4 años, distribuida según los siguientes porcentajes: primer año 35%, segundo año 25%, tercer año 25% y cuarto año 15%.
Si el beneficiario tiene reconocida la ayuda exclusivamente para poda severa, la ayuda se pagará en dos años.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Olivareros titulares de explotaciones agrarias que hayan sufrido daños en parcelas de olivar ubicadas en el ámbito territorial establecido en la normativa estatal.Requisitos:
- Que las parcelas de olivar hayan sido afectadas por las heladas en más de un 10% de los olivos de la misma y cuyos árboles tengan que ser podados de forma severa, por la cruz, por la base o arrancados como consecuencia de las mismas.- Olivos que figuren en la declaración de superficie de cultivo de olivar a 30 de noviembre de 2004.
Documentos asociados
Boletín:
02/12/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 243
Documento: Regulación, Convocatoria 1er trimestre 2005 y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 243
Documento: Regulación, Convocatoria 1er trimestre 2005 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
23/12/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 258
Documento: Corrección de Anexo II Descargar Documento
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Documento: Corrección de Anexo II Descargar Documento